INCORPORACIÓN
DEL NUMERAL 5.6.18 AL DOCUMENTO NORMATIVO DENOMINADO “DISPOSICIONES QUE REGULAN
EL CONCURSO PÚBLICO DE INGRESO A LA CARRERA PÚBLICA MAGISTERIAL - 2022 Y QUE
DETERMINA LOS CUADROS DE MÉRITO PARA LA CONTRATACIÓN DOCENTE 2023-2024 EN
INSTITUCIONES EDUCATIVAS PÚBLICAS DE EDUCACIÓN BÁSICA”, APROBADO MEDIANTE
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 081-2022-MINEDU Y MODIFICADO MEDIANTE LAS
RESOLUCIONES VICEMINISTERIALES N° 006- 2023-MINEDU, N° 015-2023-MINEDU, N°
028-2023-MINEDU, N° 092-2023-MINEDU, N° 117-2023-MINEDU Y N° 144-2023-MINEDU
“5.
DESARROLLO DEL DOCUMENTO NORMATIVO
(…)
5.6
Disposiciones Específicas
(…)
5.6.18
Adjudicación por acto público excepcional
5.6.18.1
Los postulantes que participan en la adjudicación por acto público excepcional
ante la DRE, son aquellos que no ganaron una plaza o no se presentaron a la
Adjudicación por acto público prevista en el numeral
5.6.17
del documento normativo. La adjudicación se lleva a cabo por grupo de
inscripción y en estricto orden de mérito. El Minedu, a través de la DIED,
realiza la actualización de la relación de plazas de acuerdo con lo informado
por las UGEL y DRE.
5.6.18.2
Los postulantes que participan en la adjudicación por acto público excepcional
para una plaza del área de Educación para el Trabajo, deben presentar ante la
DRE, los requisitos previstos de la especialidad técnica a la que postula
señalados en el Anexo III del documento normativo.
5.6.18.3
Para la adjudicación en el acto público excepcional de una plaza en una IE EIB,
cuya lengua originaria sea aimara, quechua sureño, quechua norteño o quechua
central, el postulante debe contar con dos (02) requisitos: (i) dominio mínimo
de forma oral en el nivel intermedio y escrito en el nivel básico en la lengua
originaria de los educandos y conocer la cultura local; y (ii) estar inscrito
en el RNDBLO. La DIED proporciona a la DRE la información para la adjudicación
de dichas plazas.
5.6.18.4
El postulante que acredite el título de profesor o licenciado en EIB que en su
proceso formativo de educación superior haya recibido formación en alguna
lengua originaria, puede adjudicarse una plaza en una IE EIB en el acto público
excepcional. Para tal efecto, debe presentar en el acto público los siguientes
documentos: (i) una copia simple del título de profesor o licenciado en EIB y
(ii) una declaración jurada en la que deje constancia de la denominación del
título y/o mención, el nombre de la universidad o instituto de procedencia del
referido título y el dominio en la lengua originaria de la plaza a la que
postula. Los postulantes adjudicados, además de lo dispuesto en el numeral
5.6.13.2 y en el presente numeral, deben presentar ante la UGEL o DRE una
constancia de estudios o documento oficial emitido por la entidad formadora que
acredite el dominio de la lengua. Los documentos antes mencionados deben ser
verificados por la UGEL o DRE antes y/o después de la emisión de la resolución
de nombramiento. Para este caso, no se requiere el cumplimiento del requisito
establecido en el numeral 5.3.2.2.4 del documento normativo.
5.6.18.5
Para la adjudicación por acto público excepcional se toma en cuenta lo señalado
en los numerales 5.6.17.3, 5.6.17.4, 5.6.17.5 y 5.6.17.6 del presente documento
normativo.
5.6.18.6
La DRE, o quien hagas sus veces, es responsable de verificar el cumplimiento de
las disposiciones establecidas en los numerales 5.3.2.2.1, 5.3.2.2.3, 5.3.2.2.4
y 5.6.18 del documento normativo.
5.6.18.7
Los postulantes que resulten ganadores de la adjudicación por acto público
excepcional deben presentar la información contenida en los numerales 5.6.13.2
y 5.6.18 del documento normativo ante la UGEL o DRE, para la emisión de la
resolución de nombramiento, según corresponda.