Modifican el
documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el Concurso Público
de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2022 y que Determina los Cuadros
de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas
Públicas de Educación Básica”, y dictan otras disposiciones
RESOLUCIÓN
VICEMINISTERIAL N° 002-2024-MINEDU
Lima, 11 de enero de 2024
VISTOS, el Expediente N° DIED2022-INT-0105538, el Informe N°
00029-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación Docente de la
Dirección General de Desarrollo Docente; el Informe N°
00029-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de
la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; el Informe N°
00036-2024-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de Educación, establece que el sector Educación se encuentra
bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo
con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de
la citada Ley, sus funciones rectoras y técnico-normativas son formular,
planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política
nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de
gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus
ámbitos de competencia, respectivamente;
Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, señala
que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por
finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, cultura,
recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que, conforme con lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la
precitada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas
sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo,
docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública
Magisterial;
Que, el artículo 15 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, en
adelante, Ley de Reforma Magisterial, dispone que el Ministerio de Educación
establece la política y las normas de evaluación docente, y formula los
indicadores e instrumentos de evaluación; y en coordinación con los gobiernos
regionales, es responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los
procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la
Carrera Pública Magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y
confiabilidad;
Que, de acuerdo con lo previsto en el artículo 17 de la Ley de Reforma
Magisterial, el ingreso a la Carrera Pública Magisterial es por concurso
público y se formaliza mediante resolución de nombramiento en la primera escala
magisterial; asimismo, el artículo 19 de la citada Ley establece que el
Ministerio de Educación autoriza, cada dos años, la convocatoria para el
concurso público de ingreso a la Carrera Pública Magisterial;
Que, el artículo 76 de la Ley de Reforma Magisterial señala que las
plazas vacantes existentes en las instituciones educativas no cubiertas por
nombramiento, son atendidas vía concurso público de contratación docente. Para
postular se requiere ser profesional con título de profesor o licenciado en
educación;
Que, la Vigésima Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final
de la Ley de Reforma Magisterial dispone que el concurso para el ingreso a la
Carrera Pública Magisterial durante el periodo comprendido entre los años 2018
y 2022 es autorizado anualmente por el Ministerio de Educación, quedando en
suspenso durante dicho plazo la periodicidad a que hace referencia el artículo
19 de la precitada Ley;
Que, mediante la Resolución Viceministerial N° 081-2022-MINEDU,
modificada por las Resoluciones Viceministeriales N° 006-2023-MINEDU, N°
015-2023-MINEDU, N° 028-2023-MINEDU, N° 092-2023-MINEDU, N° 117-2023-MINEDU y
N° 144-2023-MINEDU, se aprueba el documento normativo denominado “Disposiciones
que regulan el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial -
2022 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente
2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica”, en
adelante, “Documento Normativo”;
Que, con la Resolución Viceministerial N° 082-2022-MINEDU, modificada
por las Resoluciones Viceministeriales N° 164-2022-MINEDU, N° 005-2023-MINEDU,
N° 016-2023-MINEDU, N° 092-2023-MINEDU, N° 117-2023-MINEDU y N°
144-2023-MINEDU, se convoca al Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública
Magisterial - 2022 y se determina los Cuadros de Merito para la Contratación
Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica, y
se aprueba el respectivo cronograma, en adelante, Concurso Público de Ingreso a
la Carrera Pública Magisterial - 2022;
Que, en el marco de las disposiciones antes señaladas, mediante el
Oficio N° 00084-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo
Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N°
00029-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED elaborado por la Dirección de Evaluación
Docente, a través del cual se propone y sustenta la necesidad de incorporar el
numeral “5.6.18 Adjudicación por acto público excepcional” al “Documento
Normativo” y modificar el cronograma del Concurso Público de Ingreso a la
Carrera Pública Magisterial - 2022 conforme se aprecia de los Anexos I y II que
forman parte integrante de la presente resolución; a fin de coberturar el mayor
número de plazas materia del Concurso Público; así como, implementar las
actividades referidas a la “Adjudicación por acto público excepcional” en el
cronograma;
Que, la propuesta normativa cuenta con la opinión favorable de la
Dirección General de Educación Básica, Intercultural Bilingüe y de Servicios
Educativos en el Ámbito Rural, de la Dirección Técnico Normativa de Docentes;
y, de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación
Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación
Estratégica;
Que, asimismo, con Informe N° 00036-2024-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina
General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto de la
propuesta;
Que, de acuerdo con el literal a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la
Resolución Ministerial N° 004-2024-MINEDU, se delegó en la Viceministra de
Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y
atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban,
modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de
Educación en el ámbito de su competencia, conforme a lo dispuesto en el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 31224, Ley de Organización
y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 29944, Ley de Reforma
Magisterial, el Reglamento de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial,
aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2013-ED y el Reglamento de Organización
y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N°
001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Incorporar el numeral 5.6.18 al
documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el Concurso Público
de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2022 y que Determina los Cuadros
de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas
Públicas de Educación Básica”, aprobado por la Resolución Viceministerial N°
081-2022-MINEDU y modificado por las Resoluciones Viceministeriales N°
006-2023-MINEDU, N° 015-2023-MINEDU, N° 028-2023-MINEDU, N° 092-2023-MINEDU, N°
117-2023-MINEDU y N° 144-2023-MINEDU, conforme al Anexo I que forma parte
integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Modificar el cronograma del Concurso
Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2022 y que Determina los
Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones
Educativas Públicas de Educación Básica, aprobado por la Resolución
Viceministerial N° 082-2022-MINEDU, modificada por las Resoluciones
Viceministeriales N° 164-2022-MINEDU, N° 005-2023-MINEDU, N° 016-2023-MINEDU,
N° 092-2023-MINEDU, N° 117-2023-MINEDU y N° 144-2023-MINEDU, conforme al Anexo
II que forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente
resolución y sus anexos en el Sistema de Información Jurídica de Educación –
SIJE, ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación
(www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente resolución
en el diario oficial “El Peruano”.