Modifican la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la
prestación del servicio educativo en las instituciones y programas educativos
de la educación básica para el año 2023”
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 149-2023-MINEDU
Lima, 9 de marzo de 2023
VISTO, el Expediente N° DIGEBR2023-INT-0043552,
el Informe N° 00115-2023-MINEDU/VMGP-DIGEBR, complementado con el Informe N°
0177-2023-MINEDU/VMGP-DIGEBR, elaborado de manera conjunta por la Dirección
General de Educación Básica Regular (DIGEBR), la Dirección General de Educación
Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el
Ámbito Rural (DIGEIBIRA) y la Dirección General de Servicios Educativos
Especializados (DIGESE), el Informe N° 00250-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la
Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación
Estratégica y Presupuesto, el Informe N° 00262-2023-MINEDU/SG-OGAJ de la
Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley N° 31224, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el Sector
Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de
Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a)
del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son funciones rectoras y
técnico-normativas del Ministerio de Educación, formular, planear, dirigir,
ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su
competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las
disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia,
respectivamente;
Que, según lo previsto en el artículo 3 de la
Ley N° 28044, Ley General de Educación (en adelante, Ley N° 28044), la
educación es un derecho fundamental de la persona y de la sociedad; asimismo,
el Estado garantiza el ejercicio del derecho a una educación integral y de
calidad para todos y la universalización de la educación básica;
Que, el literal d) del artículo 18 de la Ley N°
28044 señala que, con el fin de garantizar la equidad en la educación, entre
otras medidas, las autoridades educativas, en el ámbito de sus respectivas
competencias, aseguran mecanismos que permitan la matrícula oportuna, la
permanencia y la reincorporación de los estudiantes al sistema educativo, y
establecen medidas especiales para retener a los que se encuentran en riesgo de
exclusión del servicio;
Que, asimismo, de acuerdo con lo dispuesto por
el literal a) del artículo 21 de la Ley N° 28044, el Estado tiene entre otras
funciones, ejercer un rol normativo, promotor, compensador, concertador,
articulador, garante, planificador, regulador y financiador de la educación
nacional;
Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044
establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que
tiene por finalidad definir, dirigir, y articular la política de educación, recreación y
deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que, mediante Resolución
Ministerial N° 474-2022-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada
“Disposiciones para la prestación del servicio educativo en las instituciones y
programas educativos de la educación básica para el año 2023”, cuyo objetivo
consiste en establecer los aspectos a desarrollar por los integrantes de la
comunidad educativa para la prestación del servicio en las instituciones y
programas educativos públicos y privados de la Educación Básica, en ámbitos
urbanos y rurales, durante el desarrollo del año 2023;
Que, en el marco de las
disposiciones legales antes señaladas, la Dirección General de Educación Básica
Regular remitió al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N°
00115-2023-MINEDU/VMGP-DIGEBR, complementado con el Informe N°
0177-2023-MINEDU/VMGP-DIGEBR, elaborados de forma conjunta con la Dirección
General de Servicios Educativos Especializados (DIGESE) y la Dirección General
de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios
Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA); a través del cual se sustenta la
necesidad de modificar e incorporar algunas disposiciones a la citada Norma
Técnica aprobada mediante Resolución Ministerial N° 474-2022-MINEDU, que
contribuyan con la consolidación de los aprendizajes, promuevan el bienestar
socioemocional y amplíen las disposiciones para la prestación del servicio
educativo para el año 2023 (en adelante, la propuesta);
Que, mediante el Informe N°
00250-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la
Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la
Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión favorable a la propuesta
por cuanto se encuentra alineada con los instrumentos de planeamiento
estratégico institucional y sectorial del sector Educación; asimismo, las
acciones descritas en la propuesta se encontrarán sujetas a la disponibilidad
presupuestaria del Pliego 010: Ministerio de Educación y de los Pliegos
Gobiernos Regionales en el Año Fiscal 2023;
Que, a través del Informe Nº
00262-2023-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite
opinión legal favorable a la propuesta, recomendando proseguir el trámite
correspondiente para su aprobación;
De conformidad con la Ley Nº 31224,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 28044,
Ley General de Educación y el Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar los numerales 3, 7.4, 8.4, 8.5, 9.2 y 13.4 de la Norma
Técnica denominada “Disposiciones para la prestación del servicio educativo en
las instituciones y programas educativos de la educación básica para el año
2023”, aprobada mediante Resolución Ministerial N° 474-2022-MINEDU, los cuales
quedan redactados conforme al Anexo N° 1 de la presente Resolución.
Artículo 2.- Incorporar los literales g) y h) al numeral 7.3, los numerales
8.7, 8.8, 8.9 y 8.10 al numeral 8, los numerales 13.9, 13.10, 13.11 y 13.12 al
numeral 13; así como el Anexo N° 01 a la Norma Técnica denominada
“Disposiciones para la prestación del servicio educativo en las instituciones y
programas educativos de la educación básica para el año 2023”, aprobada
mediante Resolución Ministerial N° 474-2022-MINEDU, los cuales quedan
redactados conforme al Anexo N° 2 de la presente Resolución.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y sus anexos en
el Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal
institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la
publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y
publíquese.
OSCAR MANUEL BECERRA TRESIERRA
Ministro de Educación