“NORMA QUE REGULA EL PROCEDIMIENTO PARA
LAS CONTRATACIONES DE PROFESORES Y SU RENOVACIÓN EN EL MARCO DEL CONTRATO DE
SERVICIO DOCENTE EN EDUCACIÓN BÁSICA Y TÉCNICO PRODUCTIVA, A QUE HACE
REFERENCIA LA LEY Nº 30328, LEY QUE ESTABLECE MEDIDAS EN MATERIA EDUCATIVA Y
DICTA OTRAS DISPOSICIONES”
Mediante Oficio Nº
000145-2023-DP/SCM, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique
Fe de Erratas del Anexo del Decreto Supremo Nº 001-2023-MINEDU, publicado en la
edición extraordinaria del día 23 de enero de 2023.
- En las páginas 14 y 15;
DICE:
Artículo 24.- El profesor contratado tiene los siguientes derechos (...)
24.10 Compensación por tiempo de servicios al finalizar el año
fiscal a razón del 14% de la remuneración mensual vigente al momento de la culminación
de su contrato, por año o fracción mayor a seis (6) meses de servicios
continuos.
DEBE DECIR:
Artículo 24.- El profesor contratado tiene los siguientes derechos (...)
24.10 Compensación por tiempo de servicios. El profesor contratado recibe
una compensación por tiempo de servicios (CTS), la que se otorga al finalizar
su vínculo laboral, a razón del 100 % de su remuneración íntegra mensual (RIM),
por año o fracción mayor a seis (6) meses de servicios trabajados.