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jueves, 26 de enero de 2023

Concurso Excepcional de Acceso a Cargos Directivos

 



Aprueban Norma Técnica denominada “Norma que regula el Concurso Excepcional de Acceso a Cargos Directivos de Institución Educativa en Educación Básica o Educación Técnico-Productiva en el marco del Decreto Supremo Nº 006-2022-MINEDU”

RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 017-2023-MINEDU

Lima, 26 de enero de 2023

VISTO, el Expediente Nº 0248643-2022, el Informe Nº 02278-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente; el Informe Nº 00068-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; el Informe Nº 00084-2023-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 3 de la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, sus funciones rectoras y técnico-normativas son formular, planear, dirigir, ejecutar, supervisar, coordinar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;

Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;

Que, conforme con lo dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;

Que, de acuerdo con el artículo 15 de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial (en adelante, Ley de Reforma Magisterial), el Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; y en coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la Carrera Pública Magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad;

Que, según lo dispuesto por el artículo 32 de la Ley de Reforma Magisterial, el Ministerio de Educación, en coordinación con los Gobiernos Regionales, convoca a concursos para el acceso a cargos, cada dos años, los que se implementan en forma descentralizada, de acuerdo a normas, especificaciones técnicas y criterios de buen desempeño exigibles para cada cargo;

Que, asimismo, el artículo 33 de la Ley de Reforma Magisterial, dispone que el profesor puede acceder a otros cargos de las áreas de desempeño laboral por concurso y por el periodo de cuatro años;

Que, al respecto, el literal d) del artículo 35 de la Ley de Reforma Magisterial, precisa que el Área de Gestión Institucional comprende, entre otros, a los Directivos de Institución Educativa; cargo al que se accede por concurso público;

Que, los numerales 57.3 y 57.4 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-ED, establecen que el Ministerio de Educación, de manera coordinada entre sus Direcciones y las otras instancias de gestión educativa descentralizada, determina los criterios e indicadores para la evaluación con fines de acceso a cada cargo; y, en coordinación con los gobiernos regionales, emite las normas específicas para cada concurso de acceso a cargos;

Que, la Vigésima Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, incorporada a través del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 006-2022-MINEDU, señala que los profesores que ejercieron funciones de director o subdirector en instituciones educativas públicas de gestión directa o en instituciones educativas públicas de gestión privada por convenio, de Educación Básica o Técnico Productiva, y que fueron ubicados en el cargo de profesor de aula como resultado de la aplicación de la evaluación excepcional dispuesta en la Décima Primera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, pueden postular al concurso excepcional para cargos directivos, convocado por el Ministerio de Educación en el marco de la Carrera Pública Magisterial;

Que, con Oficio Nº 00164-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº 02278-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación Docente, dependiente de la referida Dirección General, a través del cual se sustenta la necesidad de aprobar la Norma Técnica denominada “Norma que regula el Concurso Excepcional de Acceso a Cargos Directivos de Institución Educativa en Educación Básica o Educación Técnico-Productiva en el marco del Decreto Supremo Nº 006-2022-MINEDU” (en adelante, la propuesta normativa) en cumplimiento del mandato legal garantizando la igualdad en los procesos de evaluación implementados por el Ministerio de Educación;

Que, la citada propuesta normativa tiene como objetivo establecer requisitos, criterios y procedimientos técnicos para la organización y ejecución del Concurso Excepcional de Acceso a Cargos Directivos de Institución Educativa en Educación Básica o Educación Técnico-Productiva en el marco de la Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento;

Que, asimismo, la propuesta normativa cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Educación Básica Regular (DIGEBR), de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar (DIGC), de la Dirección General de Servicios Educativos Especializados (DIGESE), de la Dirección General de Educación Básica Alternativa Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural (DIGEIBIRA), de la Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED), de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística (DIGETSUPA), y de la Dirección Técnico Normativa de Docentes (DITEN), de la Dirección de Formación Docente en Servicio (DIFODS) y de la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento Docente (DIBRED); estas tres últimas dependientes de la Dirección General de Desarrollo Docente (DIGEDD);

Que, a través del Informe Nº 00068-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión favorable a la propuesta normativa, por cuanto se encuentra alineada a los objetivos estratégicos e institucionales del sector Educación; asimismo, desde el punto de vista presupuestal, su implementación será financiada con los recursos asignados en la actividad presupuestaria 5004409. Evaluación de acceso y formación de directores y actividad presupuestal 5004410 Evaluación de ascenso de docentes asignados a la Dirección de Evaluación Docente;

Que, asimismo, con Informe Nº 00084-2023-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto de la propuesta normativa, sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; en la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial y en su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2013-ED; en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Norma que regula el Concurso Excepcional de Acceso a Cargos Directivos de Institución Educativa en Educación Básica o Educación Técnico-Productiva en el marco del Decreto Supremo Nº 006-2022-MINEDU”, que, como anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Convocar al Concurso Excepcional de Acceso a Cargos Directivos de Institución Educativa en Educación Básica o Educación Técnico-Productiva en el marco del Decreto Supremo Nº 006-2022-MINEDU, conforme con las disposiciones establecidas en la Norma Técnica aprobada por el artículo 1 de la presente Resolución.

Artículo 3.- Encargar a la Dirección General de Desarrollo Docente y a las instancias de gestión educativa descentralizada, en el marco de sus competencias, el cumplimiento de las disposiciones previstas en la Norma Técnica aprobada por el artículo 1 de la presente Resolución.

Artículo 4.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el portal institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

MIRIAM PONCE VERTIZ

Viceministra de Gestión Pedagógica