Generalidades
1. ¿Qué es la reasignación?
Es la acción administrativa de personal
mediante la cual la/el docente en condición de nombrado o designado de una
institución educativa pública o programa de educación básica se desplaza
geográficamente de una plaza de origen a una plaza de destino que se encuentra
vacante y presupuestada, manteniendo las mismas características del cargo de
origen.
2. ¿Por qué se realiza una reasignación
excepcional?
Mediante la Ley N.° 31609 se logró la
conversión de 41 138 plazas, de eventuales a orgánicas, que serán destinadas a
un proceso de reasignación excepcional con el objetivo de dar más oportunidades
a las/os docentes ubicados en zonas alejadas para que puedan acercarse a sus
familias. El Ministerio de Educación (Minedu) desarrollará este proceso entre
los meses de noviembre del 2022 a enero del 2023. Al concluir, las plazas serán
incorporadas en el concurso de ingreso a la Carrera Pública Magisterial (CPM).
3. ¿Quiénes pueden participar en el
proceso?
Pueden participar las/os docentes
nombrados de educación básica y técnicoproductiva.
4. ¿Cuáles son los requisitos para
postular a una reasignación por interés personal?
Las/os docentes deberán presentar su
solicitud de reasignación en la Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL) a la
que desean reasignarse con los documentos que acreditan el cumplimiento de los
siguientes requisitos:
• Acreditar tener como mínimo tres (3)
años de nombramiento y dos (2) años de servicios oficiales efectivos continuos
o acumulativos en la última plaza de la cual es titular como nombrada/o al
momento de su postulación.
• Presentar informe escalafonario de
reasignación, cuya antigüedad no sea mayor a 60 días a la postulación.
• Haber aprobado la última evaluación de
desempeño docente (requisito que se encuentra suspendido).
• Presentar su declaración jurada para
reasignación (anexo 2). Si la/el docente postula a su misma UGEL, solo debe
presentar su solicitud y declaración jurada (anexo 2). Cabe precisar que este
último documento no es un requisito, por lo que no presentarlo al momento de
postular no es motivo para declarar “no apto” al postulante. Sin embargo, sí se
debe presentar dicho documento hasta antes de la adjudicación.
5. ¿Cuáles son los requisitos para
postular a una reasignación por unidad familiar?
Las/os docentes deberán presentar su
solicitud ante la UGEL a la que desean reasignarse (de destino) con los
documentos que acreditan el cumplimiento de los requisitos:
• Acreditar tener como mínimo tres (3)
años de nombramiento y dos (2) años de servicios oficiales efectivos continuos
o acumulativos en la última plaza de la cual es titular como nombrada/o al
momento de su postulación.
• Presentar informe escalafonario de
reasignación cuya antigüedad no sea mayor a 60 días a la postulación.
• Haber aprobado la última evaluación de
desempeño docente (requisito que se encuentra suspendido).
• Acreditar la relación de parentesco
mediante los siguientes documentos de acuerdo con su solicitud:
▪ En el caso de cónyuge: acta de
matrimonio, resolución judicial o escritura pública en caso de concubinato o
unión de hecho.
▪ En el caso de hijos menores: copia del
documento nacional de identidad (DNI).
▪ En el caso de padres mayores de 60 años
de edad: acta de nacimiento del docente postulante.
▪ En el caso de hijas/os mayores o padres
con discapacidad: copia del documento nacional de identidad (DNI) y certificado
de discapacidad emitido por el Consejo Nacional para la Integración de la
Persona con Discapacidad (Conadis) o un médico certificador.
▪ Declaración jurada del familiar directo
que reside en el destino de la reasignación.
▪ Declaración jurada de la residencia en
el lugar de destino del postulante. Si la/el docente postula a su misma UGEL,
solo debe presentar su solicitud y declaración jurada (anexo 2). Cabe precisar
que este último documento no es un requisito, por lo que no presentarlo al
momento de postular no es motivo para declarar “no apto” al postulante. Sin
embargo, sí se debe presentar dicho documento hasta antes de la adjudicación.