Etapa
descentralizada
|
Inicio |
Fin |
Actividad |
|
17/01/2024 |
17/01/2024 |
Publicación de
resultados preliminares de la Etapa Descentralizada, en el aplicativo
dispuesto en el portal institucional del Minedu. (d) |
|
18/01/2024 |
23/01/2024 |
Presentación de reclamos ante el Comité de Evaluación
sobre los resultados preliminares de la Etapa Descentralizada. (e) |
|
18/01/2024 |
26/01/2024 |
Resolución de reclamos, en caso sean fundados,
modificación e ingreso de resultados y, emisión de actas en el aplicativo
proporcionado por el Minedu, a cargo del Comité de Evaluación. |
|
31/01/2024 |
31/01/2024 |
Publicación de los resultados de la Etapa
Descentralizada, en el aplicativo dispuesto en el portal institucional
del Minedu. |
|
12/12/2023 |
7/02/2024 |
Primera selección de plazas para cargos Directivos de
IE. |
|
12/02/2024 |
12/02/2024 |
Publicación de ganadores de la primera selección de
cargos Directivos de IE. |
|
13/02/2024 |
20/02/2024 |
Segunda selección de plazas para cargos Directivos de
IE. |
|
23/02/2024 |
23/02/2024 |
Publicación de ganadores de la segunda selección de
cargos Directivos de IE. |
|
26/02/2024 |
29/02/2024 |
Emisión de resoluciones de designación en el cargo. |
|
1/03/2024 |
1/03/2024 |
Inicio de la designación en el cargo |
|
4/03/2024 |
8/03/2024 |
Presentación ante la DRE o UGEL, por parte de los
Comités de Evaluación, de las actas e informe final documentado de la
evaluación. (f) |
(b) Los Comités de Evaluación, dentro del plazo
previsto para la presente actividad, deberán solicitar al Área de Escalafón de
la DRE o UGEL donde se encuentre el legajo personal del postulante, o a la que
haga sus veces, los informes escalafonarios de los postulantes a ser evaluados
en la Etapa Descentralizada. Dichos informes deben ser emitidos a través del
Sistema de Escalafón Magisterial y entregados oportunamente al Comité de
Evaluación correspondiente para el desarrollo de la presente actividad.
(c) Para recibir
la bonificación por discapacidad prevista en la Ley N° 29973, el postulante
debe presentar ante el Comité de Evaluación correspondiente, copia simple del
certificado de discapacidad otorgado por los médicos certificadores registrados
de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud – IPRESS públicas,
privadas y mixtas a nivel nacional, o por las Brigadas Itinerantes
Calificadoras de Discapacidad (BICAD) a cargo del Ministerio de Salud o, en su
defecto, la Resolución de Discapacidad emitida por el Consejo Nacional para la
Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) o
el Carnet de inscripción al Registro Nacional de las Personas con Discapacidad;
posterior al plazo establecido, los postulantes que obtengan dichos documentos
no podrán solicitar la bonificación por discapacidad.
(d) De acuerdo a
lo registrado y consolidado por los Comités de Evaluación, a través del
aplicativo proporcionado por el Minedu.
(e) Para efectos
del trámite de los reclamos, el postulante podrá solicitar al Comité de
Evaluación, de manera virtual o física, copia de los documentos que formen
parte de su evaluación; entre la publicación de los resultados preliminares de
la Etapa Descentralizada del cargo al que postula y un día hábil antes del
término del plazo para la presentación de reclamos de dicha actividad. El
Comité de Evaluación es responsable de comunicar el medio a través del cual se
podrán solicitar los documentos que formen parte de la evaluación y de la
entrega de dichos documentos al postulante hasta un día hábil antes del término
del plazo para la presentación de los reclamos, establecido en el cronograma.
(f) Las
orientaciones relacionadas con la presentación de las actas e informe final se
precisarán en el Instructivo para el Comité de Evaluación.




