Modifican la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la
encargatura de profesores en áreas de desempeño laboral de la Ley N° 29944, Ley
de Reforma Magisterial y su Reglamento”
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N°
004-2023-MINEDU
Lima, 5 de enero de 2023
VISTOS, el Expediente N° DITEN2022-INT-0311618,
el Informe N° 01598-2022- MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de la Dirección Técnico
Normativa de Docentes de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe
N° 00002-2023-MINEDU/SPEOPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de
la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe N°
00004-2023-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley N° 31224, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el sector
Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de
Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a)
del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, sus funciones rectoras y
técnico-normativas son formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar,
supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia,
aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones
normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;
Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 79
de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es el
órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular
la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política
general del Estado;
Que, el literal h) del artículo 80 de la Ley Nº
28044, señala que es función del Ministerio de Educación definir las políticas
sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo,
docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública
Magisterial;
Que, el artículo 70 de la Ley Nº 29944, Ley de
Reforma Magisterial, establece que el encargo es la acción de personal que consiste
en ocupar un cargo vacante o el cargo de un titular mientras dure la ausencia
de este, para desempeñar funciones de mayor responsabilidad; el mismo, que es
de carácter temporal y excepcional, no genera derechos y no puede exceder el
período del ejercicio fiscal;
Que, el numeral 176.2 del artículo 176 del
Reglamento de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto
Supremo Nº 004-2013-ED, señala que el Ministerio de Educación establece los
procedimientos para el proceso de encargatura; el cual debe contemplar, como
requisito, haber aprobado la última evaluación de desempeño docente o en el
cargo;
Que, el numeral 7.2 de la Norma Técnica
denominada “Disposiciones para la prestación del servicio educativo en las
instituciones y programas educativos de la educación básica para el año 2023”,
aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 474-2022-MINEDU, establece que
desde el mes de enero el equipo directivo gestiona las condiciones operativas
para garantizar el servicio educativo;
Que, mediante la Resolución Viceministerial N°
165-2022-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la
encargatura de profesores en áreas de desempeño laboral de la Ley N° 29944, Ley
de Reforma Magisterial y su Reglamento”; cuyo objetivo es regular el
procedimiento, requisitos, responsabilidades y criterios de calificación de
expedientes , para que los/las profesores/as nombrados/as ocupen de manera
temporal y excepcional, , mediante el proceso de encargatura un cargo de mayor
responsabilidad que se encuentre vacante, en las áreas de desempeño laboral en
el marco de la Ley Nº 29944 y su Reglamento;
Que, con Oficio N°
01947-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente
remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N°
01598-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, elaborado por la Dirección Técnico
Normativa de Docentes, dependiente de la referida Dirección General, a través
del cual se propone y sustenta la necesidad de modificar la Norma Técnica
denominada “Disposiciones para la encargatura de profesores en áreas de
desempeño laboral de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su
Reglamento”, aprobada por Resolución Viceministerial N° 165-2022-MINEDU, con la
finalidad que los directivos que concluyen su periodo de ratificación como
designados al 28 de febrero de 2023, puedan ser encargados en la misma plaza de
manera excepcional, a fin de garantizar que las instituciones educativas, a
través de sus equipos directivos, puedan realizar el trabajo de planificación
de la institución y programa educativo, para garantizar el buen inicio y
desarrollo del año escolar 2023, y esto beneficie a nuestros estudiantes;
Que, conforme se señala en el referido Informe,
la propuesta de modificación de la referida Norma Técnica cuenta con la opinión
favorable de la Dirección General de Educación Básica Regular, de la Dirección
General de Servicios Educativos Especializados, de la Dirección General de
Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos
en el Ámbito Rural, de la Dirección General de Educación Técnico - Productiva y
Superior Tecnológica y Artística, de la Dirección General de Calidad de la
Gestión Escolar y de la Dirección General de Gestión Descentralizada;
Que, mediante el Informe Nº 00002-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP,
la Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación
Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación
Estratégica, emite opinión favorable a la propuesta de modificación de la referida
Norma Técnica, en el marco de sus respectivas competencias; por cuanto, se
encuentra alineada con los objetivos estratégicos e institucionales del sector
Educación y no irrogará gastos adicionales al Pliego 010: Ministerio de
Educación;
Que, con Informe Nº 00004-2023-MINEDU/SG-OGAJ,
la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco del análisis legal
realizado y teniendo en cuenta las opiniones técnicas emitidas, considera que
la modificación de la citada Norma Técnica resulta legalmente viable, sugiriendo
proseguir el trámite correspondiente para su aprobación;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N°
31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº
28044, Ley General de Educación; la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial;
el Reglamento de la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, aprobado por
Decreto Supremo Nº 004-2013-ED; y, el Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Incorporar el sub
numeral 10.20 al numeral 10 de la Norma Técnica denominada “Disposiciones para
la encargatura de profesores en áreas de desempeño laboral de la Ley N° 29944,
Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento”, aprobada por la Resolución Viceministerial
N° 165-2022-MINEDU, conforme al siguiente tenor:
“10. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
(…)
10.20 Los directivos de instituciones educativas de Educación
Básica y Técnico Productiva, que culminan su periodo de ratificación de
designación al 28.02.2023 y deben retornar a una plaza de profesor, son
encargados excepcionalmente en la misma plaza directiva a partir del 01 de
marzo y como máximo hasta el 31 de diciembre del 2023, previo
consentimiento, para lo cual no deben tener impedimento alguno para asumir el
cargo, conforme a lo establecido en el numeral 7.5 de la presente norma, con la
finalidad de asegurar que las actividades de planificación en las instituciones
educativas garanticen el servicio educativo, el buen inicio y desarrollo del
año escolar 2023, correspondiendo su implementación a la UGEL/DRE del ámbito de
su jurisdicción.”
Artículo 2.- Disponer la
publicación de la presente Resolución en el Sistema de Información Jurídica de
Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio de
Educación (www.gob.pe/minedu) el mismo día de su publicación en el diario
oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ALBERTO HERNÁNDEZ ALCÁNTARA
Viceministro de Gestión Pedagógica