Modifican el Documento Normativo denominado “Procedimientos para
la elaboración y aprobación del Cuadro de Distribución de Horas Pedagógicas en
las instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria de
Educación Básica Regular y del ciclo avanzado de Educación Básica Alternativa”
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N°
163-2022-MINEDU
Lima, 15 de diciembre de 2022
VISTOS, el Expediente N° DITEN2022-INT-0274787,
el Informe N° 01375-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de la Dirección Técnico
Normativa de Docentes de la Dirección General de Desarrollo Docente; el Informe
N° 01991-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto
de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto y el Informe N°
01461-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley N° 31224, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el sector
Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de
Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a)
del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son sus funciones rectoras y
técnico-normativas formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar
y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia, aplicable a
todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones normativas
vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;
Que, conforme con lo dispuesto por el artículo
79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de Educación es
el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y
articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con
la política general del Estado;
Que, de acuerdo con el literal h) del artículo
80 de la Ley General de Educación, es función del Ministerio de Educación
definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del
personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la
Carrera Pública Magisterial;
Que, a través de la Resolución Viceministerial
N° 315-2021-MINEDU, se aprueba el Documento Normativo denominado
“Procedimientos para la elaboración y aprobación del Cuadro de Distribución de
Horas Pedagógicas en las instituciones educativas públicas del nivel de
educación secundaria de Educación Básica Regular y del ciclo avanzado de
Educación Básica Alternativa”; cuyo objetivo es regular los procedimientos para
la elaboración y la aprobación del cuadro de distribución de horas pedagógicas
asignadas a: i) profesores, ii) plazas vacantes, y iii) bolsa de horas, de
acuerdo al plan de estudios establecido para las instituciones educativas
públicas de gestión directa e instituciones educativas públicas de gestión
privada en el nivel de educación secundaria de Educación Básica Regular y en el
ciclo avanzando de Educación Básica Alternativa;
Que, mediante Oficio Nº
01737-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente
remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº
01375-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, elaborado por la Dirección Técnico
Normativa de Docentes, dependiente de la referida Dirección General, a través
del cual se sustenta la necesidad de modificar el precitado Documento
Normativo, aprobado mediante Resolución Viceministerial N° 315-2021-MINEDU, con
la finalidad de señalar que en los planes de estudios de jornada escolar
regular se incremente las áreas de arte y cultura, y de educación física a tres
(3) horas por sección; así como también establecer en el mismo plan de estudios
el refuerzo escolar en todas las áreas curriculares (en adelante, la propuesta
de modificación);
Que, de acuerdo con el precitado informe, la
propuesta de modificación cuenta con las opiniones favorables de la Dirección
General de Educación Básica Regular, de la Dirección General de Educación
Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe, y de Servicios Educativos en el
Ámbito Rural, de la Dirección General de Gestión Descentralizada y de la
Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar;
Que, a través del Informe N°
01991-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la
Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la
Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión favorable a la propuesta
de modificación; por cuanto, se encuentra alineada con los objetivos
estratégicos e institucionales del Sector Educación y su aprobación e
implementación, se financiará con cargo a los créditos presupuestarios
aprobados en las respectivas leyes anuales de presupuesto, sin demandar
recursos adicionales al Pliego 010: Ministerio de Educación, a los Pliegos
Gobiernos Regionales ni al Tesoro Público;
Que, asimismo, mediante el Informe N°
01461-2022-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite
opinión legal favorable a la propuesta de modificación y recomienda continuar
con el trámite correspondiente para su aprobación;
Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1
del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 008-2022-MINEDU, se delega en el
Viceministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras
facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que
aprueban, modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio
de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N°
31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; en la Ley
N° 28044, Ley General de Educación; en el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo N°
001-2015-MINEDU; y, en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución
Ministerial N° 008-2022-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el literal f) del
sub numeral 6.1 del numeral 6, los sub numerales 7.4, 7.5 y 7.6 del numeral 7 y
el sub numeral 11.8 del numeral 11 del Documento Normativo denominado
“Procedimientos para la elaboración y aprobación del Cuadro de Distribución de
Horas Pedagógicas en las instituciones educativas públicas del nivel de
educación secundaria de Educación Básica Regular y del ciclo avanzado de
Educación Básica Alternativa”, aprobado por Resolución Viceministerial N°
315-2021-MINEDU, los cuales quedan redactados conforme al Anexo Nº 01 de la
presente Resolución.
Artículo 2.- Incorporar el
literal b) al sub numeral 7.4.1 y los sub numerales 11.13, 11.14, 11.15 y 11.16
al numeral 11 del Documento Normativo denominado “Procedimientos para la
elaboración y aprobación del Cuadro de Distribución de Horas Pedagógicas en las
instituciones educativas públicas del nivel de educación secundaria de
Educación Básica Regular y del ciclo avanzado de Educación Básica Alternativa”;
aprobado por Resolución Viceministerial N° 315-2021-MINEDU, conforme al Anexo
Nº 02 de la presente Resolución.
Artículo 3.- Disponer la
publicación de la presente Resolución y sus anexos en el Sistema de Información
Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional del Ministerio
de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación de la presente
Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER
ALBERTO HERNÁNDEZ ALCÁNTARA
Viceministro de Gestión Pedagógica