Modifican el
cronograma del Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial -
2022 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente
2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica, aprobado
mediante Resolución Viceministerial Nº 082-2022-MINEDU
RESOLUCIÓN
VICEMINISTERIAL Nº 164-2022-MINEDU
Lima, 19 de diciembre de 2022
VISTOS, el Expediente Nº
DIED2022-INT-0125078, el Informe Nº 05931-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la
Dirección de Evaluación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente,
el Informe Nº 01542-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría
Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley Nº 31224,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el
sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de
Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a)
del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, sus funciones rectoras y
técnico-normativas son formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar,
supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia,
aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones
normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;
Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044,
Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano
de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la
política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política
general del Estado;
Que, conforme a lo dispuesto por el
literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de
Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de
mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e
implementar la Carrera Pública Magisterial;
Que, el artículo 15 de la Ley Nº 29944,
Ley de Reforma Magisterial (en adelante, Ley de Reforma Magisterial), señala
que el Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación
docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; y en
coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar,
planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia,
ascenso y acceso a cargos dentro de la Carrera Pública Magisterial (en
adelante, CPM), asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad;
Que, el artículo 17 de la Ley de
Reforma Magisterial establece que el ingreso a la CPM es por concurso público y
se formaliza mediante resolución de nombramiento en la primera escala
magisterial;
Que, asimismo, de conformidad con lo
señalado en el artículo 19 de la Ley de Reforma Magisterial, el Ministerio de
Educación autoriza, cada dos años, la convocatoria para el concurso público de
ingreso a la CPM;
Que, la Vigésima Segunda Disposición
Complementaria, Transitoria y Final de la referida Ley, establece que el
concurso para el ingreso a la CPM durante el periodo comprendido entre los años
2018 y 2022 es autorizado anualmente por el Ministerio de Educación, quedando
en suspenso durante dicho plazo la periodicidad referida en el artículo 19 de
la Ley de Reforma Magisterial;
Que, el artículo 209 del Reglamento de
la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo
Nº 004-2013-ED, establece que el Ministerio de Educación emite las normas de
procedimiento para contratación de profesores, las que son de obligatorio
cumplimiento a nivel nacional por las instancias de gestión educativa
descentralizada;
Que, mediante Resolución
Viceministerial Nº 081-
2022-MINEDU, se aprueba el documento normativo denominado “Disposiciones que
regulan el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2022
y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en
Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica”, el mismo que tiene como
objetivo establecer los requisitos, criterios y procedimientos técnicos para la
organización, implementación y ejecución del concurso público;
Que, conforme a lo dispuesto en el
numeral 5.6.1.1 del mencionado documento normativo, la convocatoria al referido
concurso público se aprueba conjuntamente con su cronograma y se publica en el
portal institucional del Ministerio de Educación, de las Unidades de
Gestión Educativa Loca y de las Direcciones Regionales de Educación; asimismo,
el numeral 5.6.1.2 del citado documento señala que, excepcionalmente, el Minedu
puede modificar las fechas del cronograma; situación que debe ser difundida
oportunamente en el portal institucional del Minedu, de las UGEL y DRE;
Que, mediante Resolución
Viceministerial Nº 082-2022-MINEDU, se convoca al Concurso Público de Ingreso a
la Carrera Pública Magisterial - 2022 y que Determina los Cuadros de Mérito
para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de
Educación Básica, para lo cual se aprueba el respectivo cronograma;
Que, a través del Oficio Nº
01888-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente
remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº
05931-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación
Docente que sustenta la necesidad de modificar el cronograma del Concurso
Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2022 y que Determina los
Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones
Educativas Públicas de Educación Básica, aprobado por Resolución
Viceministerial Nº 082-2022-MINEDU, debido a la situación de conflicto social
ocurrido en el país que ha ocasionado bloqueo de carreteras en los
departamentos de Ica, Apurímac y Ayacucho, impidiendo el retorno de las fichas
de respuestas de los postulantes que rindieron la Prueba Nacional del
mencionado concurso entre los días 9 y 11 de diciembre de 2022;
Que, la propuesta normativa tiene por
objetivo modificar las fechas de inicio y fin de las actividades establecidas
en los numerales 8, 9, 10, 11, 12, 13 y 14 del cronograma del precitado
concurso público; así como las fechas de inicio de las actividades establecidas
en los numerales 15, 16 y 17 del mencionado documento;
Que, mediante Informe Nº
01542-2022-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, emite
opinión legal favorable respecto de la modificación del citado cronograma,
sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación;
De conformidad con la Ley Nº 31224, Ley
de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 29944, Ley
de Reforma Magisterial, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº
004-2013-ED; el documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el
Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2022 y que
Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en
Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica”, aprobado por Resolución
Viceministerial Nº 081-2022-MINEDU, el Reglamento de Organización y Funciones
del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo
1.- Modificar el cronograma del Concurso
Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2022 y que Determina los
Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones
Educativas Públicas de Educación Básica, aprobado mediante Resolución
Viceministerial Nº 082-2022-MINEDU, el cual queda redactado conforme al anexo
que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo
2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo, en
el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el portal
institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo
día de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El
Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ALBERTO
HERNÁNDEZ ALCÁNTARA
Viceministro de Gestión Pedagógica