Modifican el Clasificador de Cargos del
Ministerio de Educación
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 188-2022-MINEDU
Lima, 29 de abril de 2022
VISTOS, el Expediente N°
GA2022-INT-0084790; el Memorándum N° 00010-2022-MINEDU/DM-GA del Jefe de
Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial; el Informe N°
00404-2022-MINEDU/SG-OGRH-OGEPER, de la Oficina de Gestión de Personal; el
Memorándum N° 00363-2022-MINEDU/SG-OGRH, de la Oficina General de Recursos
Humanos; el Informe N° 00076-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME de la Unidad de
Organización y Métodos; el Memorándum N° 00269-2022-MINEDU/SPE-OPEP, de la
Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; el Informe N°
00474-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Resolución
Ministerial 0091-2012-ED, se aprueba el Clasificador de Cargos del Ministerio
de Educación, el mismo que fue modificado por las Resoluciones Ministeriales Nº
042-2014-MINEDU, Nº 171-2014-MINEDU, Nº 251-2014-MINEDU, Nº 275-2014-MINEDU, Nº
051-2015-MINEDU, Nº 337-2016-MINEDU, Nº 474-2017-MINEDU, Nº 533-2017-MINEDU, Nº
584-2017-MINEDU, Nº 482-2018-MINEDU y Nº 611-2018-MINEDU;
Que, con Decreto Supremo N°
001-2015-MINEDU, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Educación, el cual establece en su Primera Disposición y
Complementaria Final que el Ministerio de Educación aprobará las normas
complementarias y documentos de gestión correspondientes, para el adecuado
cumplimiento e implementación de los dispuesto en el referido Reglamento;
Que, a través de la Resolución de
Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, la Autoridad Nacional del
Servicio Civil formaliza el acuerdo de Consejo Directivo mediante el cual se
aprueba la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de
Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”,
en cuyo Anexo N° 05. Información sobre los cargos en el Manual de Clasificador
de Cargos (MCC), se establece que la información dispuesta en los cargos
estructurales debe contener, como mínimo, lo referente a clasificación, sigla,
denominación, funciones y requisitos;
Que, asimismo, en el numeral 6.1.7
de la mencionada Directiva se señala que la ORH o la que haga las veces debe
elevar la propuesta de MCC al(la) titular de la entidad, previa opinión
favorable de la OPP o la que haga las veces, en lo concerniente al ámbito de su
competencia. De obtener la validación, el(la) titular de la entidad aprueba el
MCC y gestiona la publicación de la resolución en el Diario Oficial El Peruano,
en el Portal del Estado Peruano, en el Portal Institucional, en el Portal de
Transparencia, y/o en el diario encargado de las publicaciones judiciales de la
jurisdicción, o en otro medio que asegure de manera ineludible su publicidad;
dependiendo del nivel de gobierno de la entidad;
Que, mediante Informe N°
00404-2022-MINEDU/SG-OGRH-OGEPER, la Oficina de Gestión de Personal de la
Oficina General de Recursos Humanos considera viable la modificación del
Clasificador de Cargos del Ministerio de Educación, en el extremo referido al
perfil del cargo de Director, equivalente a Director de Programa Sectorial III
de Línea del 3° nivel organizacional, en atención a la evaluación solicitada
por el Jefe de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial, con Memorándum N°
00010-2022-MINEDU/DM-GA, con el objeto de promover la participación de los
directivos de institución educativa previstos en el literal d) del artículo 35
de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, modificado por el artículo 2 de
la Ley N° 30541, Ley que modifica la Ley 29944, Ley de Reforma Magisterial y
establece disposiciones para el pago de remuneraciones de docentes de
Institutos y Escuelas de Educación Superior;
Que, con Informe N°
00076-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UNOME, la Unidad de Organización y Métodos de la
Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, emite opinión favorable a
la citada propuesta, señalando que la misma se encuentra alineada al Reglamento
de Organización y Funciones vigente;
Que, mediante Informe N°
00474-2022-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, considera
viable la propuesta de modificación del Clasificador de Cargos del Ministerio
de Educación, en virtud de las opiniones vertidas por la Oficina de Gestión de
Personal de la Oficina General de Recursos Humanos y la Unidad de Organización
y Métodos de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto;
De conformidad con lo dispuesto en
la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado
con Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU y la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH
“Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación
de Personal Provisional”, aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva N°
000150-2021-SERVIR-PE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar el Clasificador de Cargos
del Ministerio de Educación, aprobado por la Resolución Ministerial N°
0091-2012-ED, modificado por Resoluciones Ministeriales N° 042-2014-MINEDU, Nº
171-2014-MINEDU, Nº 275-2014-MINEDU, Nº 051-2015-MINEDU, Nº 337-2016-MINEDU, Nº
474-2017-MINEDU, Nº 533-2017-MINEDU, Nº 584-2017-MINEDU, Nº 482-2018-MINEDU y
Nº 611-2018-MINEDU; en el extremo concerniente al perfil del cargo de Director,
equivalente a Director de Programa Sectorial III de Línea del 3° nivel
organizacional, conforme a los términos señalados en el Anexo que forma parte
integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la
presente Resolución y su Anexo, en el Sistema de Información Jurídico de
Educación (SIJE), ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de
Educación (www.gob.pe/minedu), así como en el Portal del Estado
Peruano (www.gob.pe), y en el Portal de Transparencia, el mismo día
de la publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y
publíquese.
ROSENDO
LEONCIO SERNA ROMÁN
Ministro de Educación