RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL 020-2022-MINEDU
CONSIDERANDO:
Que,
el artículo 3 de la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción
y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a)
del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley,
son funciones rectoras y técnico-normativas del Ministerio de Educación,
formular, planear, dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional
y sectorial bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así
como aprobar las disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de
competencia, respectivamente;
Que,
el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el
Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por
finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y
deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que,
asimismo, el literal f) del artículo 13 de la Ley General de Educación, señala
como un factor que interactúa para el logro de la calidad de la educación a la infraestructura,
equipamiento, servicios y materiales educativos adecuados a las exigencias
técnico-pedagógicas de cada lugar y a las que plantea el mundo contemporáneo, y
accesibles para las personas con discapacidad;
Que,
el artículo 32 del Reglamento de la Ley General de Educación, aprobado por
Decreto Supremo N° 011-2012-ED, señala que los materiales educativos son recursos
de diversa naturaleza que se utilizan en los procesos pedagógicos con el fin