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Introducción
El
proceso de matrícula tiene por finalidad lograr que NNAJA puedan ingresar al SEP;
o, en caso ya hayan ingresado, permita su continuidad y/o reincorporación en el
mismo (no incluye al Proceso Único de Admisión para los Colegios de Alto Rendimiento).
Este
proceso consiste en un conjunto de etapas que concluyen con el registro de un/a
estudiante en una IE o programa. Las II.EE. públicas y privadas o programas pueden
realizar cada etapa de manera presencial y/o remota, según corresponda.
Se
recomienda priorizar el uso de dispositivos electrónicos y medios digitales, en
la medida de las posibilidades y según disponga cada IE o programa.
2. Condiciones
sobre el proceso de matrícula
El
proceso de matrícula está disponible para NNAJA y es gratuito en II.EE. públicas
o programas educativos. Las II.EE. públicas o programas no pueden condicionar
la matrícula a la rendición de un examen de ingreso, de admisión u otro tipo de
evaluación directa al NNAJA ni a entrevistas u otros a su representante legal,
ni a la presentación de documentos adicionales a los señalados en el presente
instructivo o en la Norma de matrícula.
Las
II.EE. públicas o programas educativos no pueden exigir al estudiante, o a su
representante legal, la adquisición de materiales como textos escolares, material
didáctico, útiles escolares y/o uniformes o el pago de donaciones, aportes, contribuciones,
pagos de APAFA, u otros como condición para realizar el proceso de matrícula o
para la prestación del servicio educativo.
Las
II.EE. privadas deben informar al representante legal o al estudiante mayor de
18 años, en un plazo no menor de treinta (30) días calendario antes de
iniciarse el proceso de matrícula, el monto y oportunidad de pago de la cuota
de matrícula, de las pensiones y de sus posibles aumentos, y de la cuota de
ingreso si es que la IE cobra la misma. Asimismo, no pueden exigir la compra de
uniformes,
materiales
y/o útiles educativos en establecimientos señalados con exclusividad por parte
de ésta. Además, están prohibidas de exigir el íntegro de los materiales y/o
útiles educativos el primer día de clases. La entrega de éstos debe realizarse de
manera progresiva y en función al plazo gradual que establezca en su RI.
Los/las
directores/as de II.EE. públicas y privadas y los/las responsables de los
programas deben garantizar que el proceso de matrícula se realice con enfoque
inclusivo e intercultural. Esto significa que está prohibido todo acto de discriminación,
o trato diferenciado injustificado, contra un estudiante, o contra su representante
legal, que impida realizar el proceso de matrícula, por cualquier índole. Se
considera discriminatorio impedir realizar el proceso de matrícula por cuestiones
como el color de piel, origen, etnia, sexo, idioma, religión, opinión, filiación
política, discapacidad, enfermedad, orientación sexual, identidad de género,
condición social, entre otros casos.
Solo
si está establecido en su RI y fue previamente informado al representante legal
o al estudiante mayor de 18 años, las II.EE. privadas pueden:
● Realizar evaluaciones
específicas a los y las estudiantes mayores de siete (7) años, como parte del
proceso de admisión previo al proceso de matrícula, cuyos criterios de
selección se aplican de manera independiente en cada IE.
● Realizar evaluaciones
para corroborar la capacidad de pago del representante legal o, en caso de ser
mayor de edad, del estudiante, siempre y cuando no constituya acto
discriminatorio.