Modifican la norma técnica denominada “Disposiciones para la reasignación y permuta de los profesores en el marco de la Ley N° 29944 Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento”
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
N° 212-2021-MINEDU
Lima, 6 de julio de 2021
VISTOS, el Expediente N°
076304-2021, el Informe N° 00345-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN de la Dirección
Técnico Normativa de Docentes de la Dirección General de Desarrollo Docente; el
Informe N° 00-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto
de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; el Informe N°
00810-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de
la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de
Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir,
dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en
concordancia con la política general del Estado;
Que, conforme a lo
dispuesto por el literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del
Ministerio de Educación definir las políticas sectoriales de personal,
programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del
sector e implementar la Carrera Pública Magisterial;
Que, el artículo 3 de la
Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación,
establece que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría
del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral
1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son funciones
rectoras y técnico-normativas del Ministerio de Educación, formular, planear,
dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo
su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las
disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia,
respectivamente;
Que, conforme al literal
h) del artículo 41 de la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial, los
profesores tienen derecho, entre otros a las reasignaciones y permutas, de
acuerdo a lo establecido en dicha Ley y su reglamento;
Que, el numeral 154.3
del artículo 154 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por
Decreto Supremo N° 004-2013-ED, señala que el Ministerio de Educación
establecerá los lineamientos y procedimientos de los procesos de reasignación;
asimismo, el numeral 166.2 del artículo 166 del referido Reglamento, señala que
la permuta, entre otros aspectos, se ejecuta de acuerdo a los lineamientos
establecidos por dicho Ministerio;
Que, mediante Decreto
Supremo N° 008-2020-SA, se declara la Emergencia Sanitaria a nivel nacional,
por el plazo de noventa (90) días calendario, por la existencia del brote del
COVID-19, la misma que ha sido prorrogada con el Decreto Supremo N°
020-2020-SA, N° 027-2020-SA, N° 031-2020-SA y N° 009-2021-SA, este último
prorroga la Emergencia Sanitaria a nivel nacional a partir del 07 de marzo de
2021 por un plazo de ciento ochenta (180) días calendario;
Que, mediante Decreto
Supremo Nº 184-2020-PCM, se declara el Estado de Emergencia Nacional por las
graves circunstancias que afectan la vida de las personas a consecuencia de la
COVID-19 y establece las medidas que debe seguir la ciudadanía en la nueva
convivencia social, por el plazo de treinta y un (31) días calendario, a partir
del 01 de diciembre de 2020, prorrogado por los Decretos Supremos N° 201-
2020-PCM, Nº 008-2021-PCM, N° 036-2021-PCM, Nº 058-2021-PCM, N° 076-2021-PCM,
N° 105-2021-PCM y N° 123-2021-PCM, este último, por el plazo de treinta y un
(31) días calendario, a partir del 1 de julio de 2021;
Que, con Resolución
Viceministerial N° 245-2019-MINEDU, se aprueba la norma técnica denominada
“Disposiciones para la reasignación y permuta de los profesores en el marco de
la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento”, cuyo objetivo es
regular los procedimientos y condiciones para el desplazamiento de los
profesores de la Carrera Pública Magisterial;
Que, en el marco de las
disposiciones legales antes señaladas, mediante el Oficio Nº
00379-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente
remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº
00345-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DITEN, elaborado por la Dirección Técnico Normativa
de Docentes, dependiente de la referida Dirección General, a través del cual
sustenta la necesidad de modificar la norma técnica denominada “Disposiciones
para la reasignación y permuta de los profesores en el marco de la Ley N°
29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento”, aprobada por la Resolución
Viceministerial N° 245-2019-MINEDU, con la finalidad de lograr mayor eficacia
en su aplicación en los procesos de reasignación y permuta de los profesores de
la Carrera Pública Magisterial;
Que, conforme se señala
en el citado informe, la propuesta de modificación la norma técnica cuenta con
la opinión favorable de la Dirección General de Gestión Descentralizada, de la
Dirección General de Calidad de Gestión Escolar, de la Dirección General de
Servicios Educativos Especializados, de la Dirección General de Educación
Básica Regular, de la Dirección General de Educación Básica Alternativa,
Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural, y de la
Dirección General de Educación Técnica – Productiva y Superior Tecnológica y
Artística;
Que, a través del
Informe N° 00741-2021-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y
Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto,
dependiente de la Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión
favorable al proyecto de modificación de la citada norma técnica, en el marco
de sus respectivas competencias;
Que, asimismo, con Informe
Nº 00810-2021-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el
marco del análisis legal realizado y teniendo en cuenta los informes y las
opiniones técnicas emitidas, opina que la modificación de la citada norma
técnica resulta legalmente viable, sugiriendo proseguir el trámite
correspondiente para su aprobación;
Que, de acuerdo al literal
a) del numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N°
571-2020-MINEDU, se delega en el/la Viceministro (a) de Gestión Pedagógica del
Ministerio de Educación, entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y
aprobar los actos resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los
Documentos Normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su
competencia conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y
Funciones del Ministerio de Educación;
De conformidad con lo dispuesto
en la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Educación; en la Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial; en el Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto
supremo N° 001-2015-MINEDU; y, en virtud de las facultades delegadas mediante
Resolución Ministerial N° 571-2020-MINEDU;
SE
RESUELVE:
Artículo 1.- Modificar
el literal f) del numeral 4.2, los numerales 6.1.1 y 6.1.3, los literales a) y
g) del numeral 6.1.5, los numerales 6.2.1 y 6.2.3, el literal b) del numeral
6.2.5, los literales c) y d) del numeral 7.1.3, el literal a) del numeral
7.2.3, el numeral 7.3.1, los literales a) y d) del numeral 7.3.2, los literales
b) y c) del numeral 7.3.3.2, los literales a) y b) del numeral 7.3.3.4, los
numerales 7.3.3.5, 8.1.2, 8.1.5, 8.2.1, 9, 11.4, 12.13, así como los Anexos 01,
03, 04 y 06 de la norma técnica denominada “Disposiciones para la reasignación
y permuta de los profesores en el marco de la Ley N° 29944 Ley de Reforma
Magisterial y su Reglamento”, aprobada por la Resolución Viceministerial N°
245-2019-MINEDU, los cuales quedan redactados conforme al anexo de la presente
resolución.
Artículo 2.- Incorporar
los literales g), h), i) y j) al numeral 4.2, el literal q) al numeral 6.1.5 y
los numerales 12.20, 12.21 y 12.22 a la norma técnica denominada “Disposiciones
para la reasignación y permuta de los profesores en el marco de la Ley N°29944
Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento”, aprobada por la Resolución
Viceministerial N° 245-2019-MINEDU, conforme al tenor señalado en el anexo que
forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 3.- Derogar
el numeral 6.1.2 y el literal h) del numeral 6.1.5 de la norma técnica
denominada “Disposiciones para la reasignación y permuta de los profesores en
el marco de la Ley N° 29944 Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento”,
aprobada por la Resolución Viceministerial N° 245-2019-MINEDU.
Artículo 4.- Disponer
la publicación de la presente resolución y su anexo en el Sistema de
Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el portal institucional
del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la
publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese
y publíquese.
KILLA SUMAC SUSANA
MIRANDA TRONCOS
Viceministra de Gestión Pedagógica



