Matrícula en colegios públicos
Conoce tus derechos y responsabilidades e
infórmate sobre los pagos y requisitos antes de matricular a tu hijo.
Recuerden
lo siguiente:
- Tu
hijo debe tener la edad correspondiente al grado en el que se va a
matricular hasta el 31 de marzo.
- Es
importante llevar la partida de nacimiento, DNI o pasaporte de tu hijo o
hija.
- Presenta
tu DNI o pasaporte al momento de la matrícula.
- La
presentación de estos documentos es obligatoria, pero no impide la
matrícula. De no contar con alguno, se les otorgará el plazo de 30 días
calendario posteriores al inicio del año escolar para que regularices su
presentación.
Mucha
atención:
- En
todas las II.EE. públicas, la matrícula es gratuita y no se condiciona al
pago de cuotas ordinarias o aportes extraordinarios de la APAFA, compra de
paquetes escolares, donaciones y otros.
- La
matrícula para los estudiantes antiguos es automática. Sin embargo, se
deben actualizar sus datos según el cronograma establecido por la IE.
- Los
textos escolares y cuadernos de trabajo son gratuitos.
- Está
prohibida la evaluación de ingreso para los alumnos de inicial y primer
grado de primaria.
Preguntas frecuentes:
¿La matrícula escolar está condicionada a algún tipo de pago?La matrícula escolar es gratuita, no se condiciona al pago de
cuotas ordinarias o aportes extraordinarios de la APAFA, vacantes, compra de
textos escolares, cuaderno de control, uniforme escolar, donaciones u otros pagos,
bajo responsabilidad administrativa, civil o penal del director de la IE
pública.¿Cuáles son los requisitos para matricular a mi hijo?¿Tengo que
hacer ratificación de matrícula si mi hijo es estudiante antiguo?¿Cuándo un
niño recibe el código de matrícula?¿Con cuánto tiempo debe publicarse el número
de vacantes en las II. EE. públicas?
Responsabilidad administrativa: el condicionamiento de
matrícula se tipifica como falta muy grave de acuerdo a lo indicado en el
artículo 49 de la Ley N.° 29944, Ley de Reforma Magisterial: “(…) causar grave
perjuicio contra los derechos fundamentales de los estudiantes (…)”.
Responsabilidad penal: el condicionamiento de matrícula
escolar se considerará como delito de abuso de autoridad consignado en el
artículo 376 del Código Penal Peruano.
Responsabilidad civil: cuando la conducta en la que se
incurre causa, por acción u omisión, un perjuicio económicamente cuantificable.
La responsabilidad civil se materializa a través de reparaciones económicas
estipuladas por el juez.
Partida de nacimiento, DNI o pasaporte del estudiante. La falta de
estos documentos no impide la matrícula. Puedes regularizarlos en un plazo de
30 días calendario posteriores al inicio del año escolar. Y recuerda portar tu
documento de identidad al momento de matricular a tu hijo o hija.
La matrícula es automática para los estudiantes antiguos, pero
recuerda que, conforme al cronograma establecido, debes acercarte a la
institución educativa para actualizar los datos de tu hijo o hija (domicilio,
teléfono, variación en el estatus familiar en caso hubiera acuerdo o
modificación en la tenencia o régimen de visita, entre otros solicitados por la
institución educativa).
El código de matrícula es generado por la institución educativa en
la cual el menor inicia su escolaridad en el sistema educativo peruano, sea en
el nivel inicial o en primer grado de primaria. Este código quedará consignado
hasta el término de la escolaridad (5.° de secundaria) en la ficha única de
matrícula, la cual se genera mediante el Sistema de Apoyo a la Gestión de la
Institución Educativa (SIAGIE).
El director de la IE pública debe publicarlo treinta (30) días
antes del inicio del proceso de matrícula en un lugar visible del local escolar
y, opcionalmente, en la página web de la IE, consignando las fechas de inicio y
fin del proceso de matrícula, así como el número de vacantes por cada grado,
sección y turno, incluidas las destinadas para los estudiantes con necesidades
educativas especiales. Asimismo, deberá publicar la relación de profesores
nombrados para el año lectivo.
Importante
Criterios de priorización para el otorgamiento de vacantesContar
con hermanos(as) matriculados(as) en la IE y que los padres hayan demostrado
responsabilidad y participación en la educación de sus hijos.
Residencia en la zona de ubicación de la IE (aplicable solo para IE públicas).
Coincidencia declarada o demostrable con la línea axiológica de la IE
¿En las II. EE. públicas es obligatorio el uso del uniforme
escolar?El uso del uniforme escolar no es obligatorio.
En caso el padre o madre de familia opte por que su hijo o hija utilice
uniforme escolar, podrá adquirirlo en el lugar de su elección.
¿Es obligatoria la adquisición de textos escolares en las II. EE.
públicas?No es obligatoria. Solamente se utilizarán los
textos escolares y cuadernos de trabajo que de manera gratuita distribuye el
Ministerio de Educación, desde el nivel inicial.
¿Por qué se establece una edad cronológica para la
matrícula escolar en educación inicial y primer grado de primaria?El Ministerio de Educación establece que la matrícula escolar en
educación inicial y primer grado de primaria depende de la edad cronológica al
31 de marzo debido a que es el mes en el que se da inicio al año escolar. Esto
permite que los niños ingresen al año o grado escolar con la madurez y el
desarrollo físico y emocional requeridos para lograr aprendizajes en las
mejores condiciones.
¿Es obligatorio que mi hijo pase por una evaluación para ingresar
al nivel inicial?Dicho procedimiento no es
obligatorio porque es innecesario, ya que los niños están en pleno proceso de
desarrollo físico, emocional y cognitivo, procesos que se presentan a lo largo
de la educación inicial y que terminan de consolidarse recién en el primer
grado.
¿Cuántas vacantes deben considerar las II.EE. públicas, en los
niveles y grados de educación básica regular (EBR), para la inclusión de
estudiantes?Para la inclusión de estudiantes
con necesidades educativas especiales asociadas a discapacidad leve o moderada
durante el periodo de matrícula, se debe considerar al menos dos (2) vacantes
por aula. Luego de este periodo podrán ser cubiertas por estudiantes regulares.
De tratarse de un estudiante con discapacidad, ¿qué
requisitos debo presentar al momento de la matrícula?El padre o la madre de
familia o tutor legal deberá presentar el certificado de discapacidad otorgado
por un médico facultado para ello, documento que debe estar registrado en
cualquier establecimiento de salud, público o privado, a nivel nacional.
Asimismo, el director gestionará una evaluación psicopedagógica con el equipo
SAANEE del CEBE más cercano. Con los resultados de la evaluación, el padre o la
madre de familia o tutor legal deberá presentar los requisitos regulares
establecidos para la matrícula.
¿Es obligatorio el pago de la APAFA en las II. EE. públicas?En caso el padre de familia desee afiliarse a la APAFA, el monto
de la cuota ordinaria anual es de 1,5% de la UIT vigente al momento de realizar
la asamblea general. Para el año 2018 dicha cuota no debe exceder los S/ 62,25.
Asimismo, recuerda que la afiliación a la APAFA es voluntaria.
¿Es legal el pago de la APAFA?Sí, porque
la cuota de la APAFA se encuentra contemplada en la Ley N.° 28628, Ley que
regula la participación de las asociaciones de padres de familia en las
instituciones educativas públicas.
En caso de condicionamiento de matrícula de mi hijo o hija en una
institución pública, ¿qué debo hacer?Para las regiones:Para Lima
Metropolitana:
Llama a la línea gratuita 0-800-12344 a nivel nacional, o acércate
a la UGEL a la cual pertenece la IE y absuelve tus consultas.
Además de llamar a la línea gratuita, acércate a las oficinas de
la Defensoría del Usuario, implementadas en el Ministerio de Educación, la
Dirección Regional de Educación de Lima Metropolitana y en sus siete UGEL, a
efectos de resolver cualquier situación que presuntamente vulnere el derecho a
la educación de los estudiantes.