Aprueban la Norma Técnica
denominada “Disposiciones para el desarrollo del Programa de Inducción Docente”
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 046-2024-MINEDU
Lima, 17 de abril de 2024
VISTOS, el Expediente Nº DIFODS2024-INT-0224720, los Informes Nº
00321-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFODS, Nº 00351-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFODS y
Nº 00385-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFODS de la Dirección de Formación Docente en
Servicio de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe Nº
00560-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de
la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe Nº
00467-2024-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044, Ley General de Educación,
establece que el Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que
tiene por finalidad definir, dirigir y articular la política de educación,
recreación y deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que, de acuerdo con lo dispuesto por el literal h) del artículo 80
de la Ley General de Educación, es función del Ministerio de Educación definir
las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal
directivo, docente y administrativo del sector e implementar la Carrera Pública
Magisterial;
Que, el artículo 22 de la Ley Nº
29944, Ley de Reforma Magisterial, dispone que la inducción docente es la
acción de formación en servicio dirigida al profesor recién nombrado, con el
propósito de desarrollar su autonomía profesional y otras capacidades y
competencias necesarias para que cumpla plenamente sus funciones; el Ministerio
de Educación regula dicho Programa;
Que, según lo dispuesto en el
artículo 4 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por el
Decreto Supremo Nº 004-2013-ED, la formación docente es un proceso continuo que
comprende la formación inicial y la formación en servicio, que tiene por
finalidad promover el desarrollo de las competencias profesionales establecidas
en el Marco de Buen Desempeño Docente, con un enfoque integral que prepare al
profesor para atender los requerimientos complejos, diversos y cambiantes del
sistema educativo peruano. Asimismo, precisa que la formación docente prepara a
los profesores para mejorar la enseñanza y los logros de aprendizaje de los
estudiantes a través de las cuatro áreas de desempeño laboral que la referida
Ley establece para la Carrera Pública Magisterial;
Que, el numeral 41.1 del artículo
41 del Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial establece que el Programa de
Inducción del profesor que ingresa a la primera escala de la carrera
magisterial sin experiencia previa o menor de dos (02) años en la docencia
pública, tiene una duración no mayor de seis (06) meses y tiene la finalidad de
fortalecer las competencias profesionales y personales del profesor; facilitar
su inserción laboral en la institución educativa, así como promover su
compromiso y responsabilidad institucional; correspondiendo al Ministerio de
Educación dictar las disposiciones complementarias para su implementación,
incluyendo las vinculadas con la oportunidad del inicio del Programa. Asimismo,
el numeral 41.5 del citado artículo 41 señala que dicho Programa debe concluir
con un plan de desarrollo profesional que incentive el desarrollo y buen
desempeño laboral del profesor beneficiario y que éste se encuentra obligado a
cumplir, conforme a las disposiciones que para tal efecto establezca el
Ministerio de Educación;
Que, mediante la Resolución Viceministerial Nº 086-2020-MINEDU, se
aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para el desarrollo del
Programa de Inducción Docente”;
Que, con la Resolución Viceministerial Nº 215-2021-MINEDU, se
aprueba el documento normativo denominado “Disposiciones para el desarrollo de
las acciones formativas y sus estándares de calidad en el marco de la Formación
Docente en Servicio”;
Que, bajo ese marco normativo, la Dirección General de Desarrollo
Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica los Informes
Nº 00321-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFODS, Nº
00351-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFODS y Nº 00385-2024-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIFODS,
elaborados por la Dirección de Formación Docente en Servicio, dependiente de la
referida Dirección General, a través de los cuales se sustenta la necesidad de
aprobar la Norma Técnica denominada “Disposiciones para el desarrollo del
Programa de Inducción Docente”, cuyo objetivo es establecer disposiciones,
criterios técnicos y procedimientos para la implementación, ejecución,
seguimiento y evaluación del Programa de Inducción Docente, así como las
responsabilidades de las instancias de gestión educativa descentralizada,
conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial y su
Reglamento; y derogar la Resolución Viceministerial Nº 086-2020-MINEDU (en
adelante, la propuesta normativa);
Que, asimismo, la propuesta
normativa cuenta con la opinión favorable de la Dirección General de Educación
Básica Regular (DIGEBR), de la Dirección General de Educación Básica
Alternativa Intercultural Bilingüe y de Servicios Educativos en el Ámbito Rural
(DIGEIBIRA), de la Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar (DIGC),
de la Dirección General de Gestión Descentralizada (DIGEGED), y de la Oficina
de Seguimiento y Evaluación Estratégica (OSEE);
Que, a través del Informe Nº 00560-2024-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la
Unidad de Planificación y Presupuesto de la Oficina de Planificación
Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Planificación
Estratégica, emite opinión favorable a la propuesta normativa, señalando que se
encuentra alineada con los objetivos estratégicos e institucionales del sector;
asimismo, desde el punto de vista presupuestal, su aprobación no irrogará
gastos adicionales a los asignados en el Presupuesto Institucional del Pliego
010: M. de Educación para el Año Fiscal 2024;
Que, asimismo, con el Informe Nº 00467-2024-MINEDU/SG-OGAJ, la
Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable respecto de
la propuesta normativa;
Que, de acuerdo con el literal a) del numeral 1.1 del artículo 1
de la Resolución Ministerial Nº 004-2024-MINEDU, se delega en la Viceministra
de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras facultades y
atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban,
modifican o dejan sin efecto los Documentos Normativos del Ministerio de
Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
De conformidad con la Ley Nº 28044,
Ley General de Educación, la Ley Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial; el
Reglamento de la Ley de Reforma Magisterial, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 004-2013-ED; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de
Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y en virtud a las
facultades delegadas mediante Resolución Ministerial Nº 004-2024-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la Norma Técnica denominada “Disposiciones para el
desarrollo del Programa de Inducción Docente”, la misma que, como anexo, forma
parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Derogar la Resolución Viceministerial Nº 086-2020-MINEDU, que
aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para el desarrollo del
Programa de Inducción Docente”.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su anexo en el
Sistema de Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el Portal
Institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de
la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARÍA
ESTHER CUADROS ESPINOZA
Viceministra de Gestión Pedagógica