Etapa descentralizada
Inicio |
Fin |
Actividad |
18/01/2024 |
26/01/2024 |
Resolución
de reclamos, en caso sean fundados, modificación e ingreso de resultados y,
emisión de actas en el aplicativo proporcionado por el Minedu, a cargo del
Comité de Evaluación. |
31/01/2024 |
31/01/2024 |
Publicación de los resultados de la
Etapa Descentralizada, en el aplicativo dispuesto en el portal
institucional del Minedu. |
12/12/2023 |
7/02/2024 |
Primera
selección de plazas para cargos Directivos de IE. |
12/02/2024 |
12/02/2024 |
Publicación
de ganadores de la primera selección de cargos Directivos de IE. |
13/02/2024 |
20/02/2024 |
Segunda
selección de plazas para cargos Directivos de IE. |
23/02/2024 |
23/02/2024 |
Publicación
de ganadores de la segunda selección de cargos Directivos de IE. |
26/02/2024 |
29/02/2024 |
Emisión
de resoluciones de designación en el cargo. |
1/03/2024 |
1/03/2024 |
Inicio
de la designación en el cargo |
4/03/2024 |
8/03/2024 |
Presentación
ante la DRE o UGEL, por parte de los Comités de Evaluación, de las actas e
informe final documentado de la evaluación. (f) |
(b) Los Comités de
Evaluación, dentro del plazo previsto para la presente actividad, deberán
solicitar al Área de Escalafón de la DRE o UGEL donde se encuentre el legajo
personal del postulante, o a la que haga sus veces, los informes escalafonarios
de los postulantes a ser evaluados en la Etapa Descentralizada. Dichos informes
deben ser emitidos a través del Sistema de Escalafón Magisterial y entregados
oportunamente al Comité de Evaluación correspondiente para el desarrollo de la
presente actividad.
(c) Para recibir
la bonificación por discapacidad prevista en la Ley N° 29973, el postulante
debe presentar ante el Comité de Evaluación correspondiente, copia simple del
certificado de discapacidad otorgado por los médicos certificadores registrados
de las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud – IPRESS públicas,
privadas y mixtas a nivel nacional, o por las Brigadas Itinerantes
Calificadoras de Discapacidad (BICAD) a cargo del Ministerio de Salud o, en su
defecto, la Resolución de Discapacidad emitida por el Consejo Nacional para la
Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) o
el Carnet de inscripción al Registro Nacional de las Personas con Discapacidad;
posterior al plazo establecido, los postulantes que obtengan dichos documentos
no podrán solicitar la bonificación por discapacidad.
(d) De acuerdo a
lo registrado y consolidado por los Comités de Evaluación, a través del
aplicativo proporcionado por el Minedu.
(e) Para efectos
del trámite de los reclamos, el postulante podrá solicitar al Comité de
Evaluación, de manera virtual o física, copia de los documentos que formen
parte de su evaluación; entre la publicación de los resultados preliminares de
la Etapa Descentralizada del cargo al que postula y un día hábil antes del
término del plazo para la presentación de reclamos de dicha actividad. El
Comité de Evaluación es responsable de comunicar el medio a través del cual se
podrán solicitar los documentos que formen parte de la evaluación y de la
entrega de dichos documentos al postulante hasta un día hábil antes del término
del plazo para la presentación de los reclamos, establecido en el cronograma.
(f) Las orientaciones relacionadas con la presentación de las actas e informe final se precisarán en el Instructivo para el Comité de Evaluación.