“LINEAMIENTOS
PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO EN LAS INSTITUCIONES Y PROGRAMAS
EDUCATIVOS DE LA EDUCACIÓN BÁSICA PARA EL AÑO 2024”
Semanas lectivas
Las
semanas lectivas tienen por objetivo organizar las horas lectivas, incluyen las
horas de libre disponibilidad, (teniendo en cuenta la normativa existente según
MSE), en los niveles que corresponda, las que pueden ser empleadas para la
recuperación de los aprendizajes a través de acciones de refuerzo escolar.
Estas
semanas tienen por objetivo que los estudiantes desarrollen
competencias
en el marco de los enfoques y orientaciones establecidas en el CNEB y la
normativa conexa, para el logro de los aprendizajes del perfil de egreso de la
Educación Básica.
Para
el caso de la CEBA las horas de libre disponibilidad se pueden asignar de acuerdo
con las prioridades establecidas en el PCI. Asimismo, estas semanas lectivas se
adecúan a la calendarización de los periodos de atención o periodos promocionales
que brinda el CEBA.
Las
II.EE. privadas de la Educación Básica pueden organizar las semanas lectivas
según lo consideren, siempre y cuando se cumpla con las horas mínimas
establecidas por el Minedu. Esta organización debe ser comunicada a la UGEL,
según corresponda, antes de finalizar el año lectivo.
Semanas de Gestión
Las
semanas de gestión tienen por objetivo garantizar un mínimo de tiempo de trabajo
colegiado o individual, a dedicación exclusiva, para el personal de la institución
o programa educativo que les permita realizar las acciones necesarias para la
adecuada planificación, seguimiento, evaluación y mejora continua de la gestión
escolar, teniendo en cuenta los niveles, modalidad y modelos de servicio. Así
también se pueden desarrollar acciones de
fortalecimiento
o formación de los docentes y directivos.
En
el caso de los CEBA estas semanas de gestión se organizan en cada periodo
promocional o periodo de atención, según corresponda.
Durante
la ejecución de las semanas de gestión, no se realizan actividades con los
estudiantes y se priorizan las actividades contempladas en la Norma Técnica
denominada “Disposiciones para el Desarrollo de las Semanas de Gestión en las
Instituciones Educativas y Programas Educativos de la Educación Básica”,
aprobada por la Resolución Ministerial N° 153-2023-MINEDU.
La
calendarización de este tiempo debe incluirse en el PAT y es comunicada a la
UGEL durante el mes de marzo en forma virtual.
Existen
tres (3) tipos de bloques de semanas de gestión, que pueden tener una duración
de una o más semanas, dependiendo de las fechas establecidas y comunicadas por
el MINEDU. Los tipos de semanas de gestión son: bloque de inicio, previo a
clases, bloque(s) intermedio(s), entre clases y bloque de cierre, posterior a
clases.
•
Planificación de las semanas de gestión
Las
II.EE. y programas educativos elaboran una hoja de ruta, según el formato
establecido en el Anexo N° 2 de la Norma Técnica denominada “Disposiciones para
el desarrollo de las semanas de gestión en instituciones y programas educativos
de la Educación Básica”, aprobada por Resolución Ministerial N°
153-2023-MINEDU, donde incluyen las acciones previstas para las semanas de
gestión programadas para el año.
En
esta hoja de ruta, deben consignar lo siguiente:
−
La programación de actividades diarias de cada semana de gestión prevista para
el año lectivo, tomando en cuenta las acciones mínimas señaladas en la presente
norma.
−
Las necesidades formativas en materia de gestión escolar que
requieran,
en base a su diagnóstico institucional.
−
La solicitud para desarrollar las semanas de gestión sin asistir a la IE, si
corresponde.
La
hoja de ruta debe remitirse a la UGEL antes del inicio del primer bloque de
semanas de gestión y ser compartida de manera pública con la comunidad
educativa. En el caso de II.EE. y programas educativos que no cuenten con
directivos en funciones durante este periodo, deben regularizar su presentación
durante las dos (2) primeras semanas lectivas.
Durante
los bloques de semanas de gestión, los estudiantes tienen
vacaciones,
mientras que el personal de la IE continúa laborando
regularmente
para el cumplimiento de las acciones requeridas para dichos periodos. Para
ello, se debe tener en cuenta el siguiente calendario: