Disponen que la resolución de nombramiento de los postulantes
ganadores del “Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial -
2022 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente
2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica”, tendrá
efecto a partir del 1 de marzo de 2024
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N°
028-2023-MINEDU
Lima, 15 de febrero de 2023
VISTOS, el Expediente N° DIED2022-INT-0105538,
el Informe N° 02324-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación
Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente; el Informe N°
00173-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de
la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto; el Informe N°
00149-2023-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley N° 31224, Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el sector
Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de
Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a)
del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, sus funciones rectoras y
técnico-normativas son formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar,
supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su competencia,
aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las disposiciones
normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;
Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley
General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano del
Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la
política de educación, recreación y deporte, en concordancia con la política
general del Estado;
Que, conforme con lo dispuesto por el literal
h) del artículo 80 de la citada Ley, es función del Ministerio de Educación
definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del
personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la
Carrera Pública Magisterial (en adelante, CPM);
Que, el artículo 15 de la Ley N° 29944, Ley de
Reforma Magisterial (en adelante, Ley de Reforma Magisterial), señala que el
Ministerio de Educación establece la política y las normas de evaluación
docente, y formula los indicadores e instrumentos de evaluación; y en
coordinación con los gobiernos regionales, es responsable de diseñar,
planificar, monitorear y evaluar los procesos para el ingreso, permanencia,
ascenso y acceso a cargos dentro de la CPM, asegurando su transparencia,
objetividad y confiabilidad;
Que, el artículo 17 de la Ley de Reforma
Magisterial establece que el ingreso a la CPM es por concurso público y se
formaliza mediante resolución de nombramiento en la primera escala magisterial;
asimismo, el artículo 19 de la mencionada Ley, señala que el Ministerio de
Educación autoriza, cada dos años, la convocatoria para el concurso público de
ingreso a la CPM;
Que, la Vigésima Segunda Disposición
Complementaria, Transitoria y Final de la Ley de Reforma Magisterial, establece
que el concurso para el ingreso a la CPM durante el periodo comprendido entre
los años 2018 y 2022 es autorizado anualmente por el Ministerio de Educación,
quedando en suspenso durante dicho plazo la periodicidad referida en el
artículo 19 de la Ley de Reforma Magisterial;
Que, mediante Resolución Viceministerial N°
081-2022-MINEDU, modificada por las Resoluciones Viceministeriales N°
006-2023-MINEDU y N° 015-2023-MINEDU, se aprueba el documento normativo
denominado “Disposiciones que regulan el Concurso Público de Ingreso a la
Carrera Pública Magisterial - 2022 y que Determina los Cuadros de Mérito para
la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de
Educación Básica”, el cual tiene como objetivo establecer los requisitos,
criterios y procedimientos técnicos para la organización, implementación y
ejecución del Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial -
2022 y que determina los Cuadros de Mérito para la Contratación Docente 2023-2024
en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica, en el marco de la Ley
de Reforma Magisterial y su Reglamento;
Que, con Resolución Viceministerial N°
082-2022-MINEDU, modificada por las Resoluciones Viceministeriales N°
164-2022-MINEDU, N° 005-2023-MINEDU y N° 016-2023-MINEDU, se convoca al
Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial - 2022 y que
Determina los Cuadros de Merito para la Contratación Docente 2023-2024 en
Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica y se aprueba su
cronograma, cuyas actividades culminan en noviembre de 2023;
Que, en el marco de las
disposiciones legales antes señaladas, y teniendo en cuenta la fecha de
culminación de las actividades del cronograma del mencionado Concurso Público,
mediante Oficio N° 00192-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de
Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el
Informe N° 02324-2023-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED elaborado por la Dirección de
Evaluación Docente, dependiente de la referida Dirección General, que sustenta
la necesidad de aprobar el acto resolutivo que dispone que la resolución de
nombramiento de los postulantes ganadores del Concurso Público de Ingreso a la
Carrera Pública Magisterial - 2022 y que Determina los Cuadros de Mérito para
la Contratación Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de
Educación Básica, tendrá efecto a partir del 01 de marzo de 2024, con la
finalidad que el servicio educativo no sea afectado hasta su culminación en el
presente año escolar;
Que, mediante el Informe Nº
00173-2023-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la
Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la
Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión favorable a la propuesta
por cuanto su objeto y alcance se encuentran alineados con los objetivos
institucionales y estratégicos del sector. Asimismo, desde el punto de vista
presupuestal, la propuesta de acto resolutivo no irroga gastos adicionales;
Que, asimismo, con Informe Nº
00149-2023-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite
opinión legal favorable respecto a la emisión del acto resolutivo, sugiriendo
proseguir con el trámite correspondiente para su aprobación;
Que, de acuerdo al literal a) del numeral 1.1
del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 002-2023-MINEDU, se delega en la
Viceministra de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre otras
facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos que aprueban,
modifican o dejan sin efecto los documentos normativos del Ministerio de
Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto en el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N°
31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N°
29944, Ley de Reforma Magisterial y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo
N° 004-2013-ED; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de
Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, en virtud de las
facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N° 002-2023-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Disponer que la resolución de nombramiento de los
postulantes ganadores del “Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública
Magisterial - 2022 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación
Docente 2023-2024 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica”,
convocado mediante Resolución Viceministerial N° 082-2022-MINEDU y modificada
mediante las Resoluciones Viceministeriales N° 164-2022-MINEDU, N°
005-2023-MINEDU y N° 016-2023-MINEDU, tendrá efecto a partir del 01 de marzo de
2024.
Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Desarrollo Docente y a
las Instancias de Gestión Educativa Descentralizada, en el marco de sus
competencias, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 1 de la presente
Resolución.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el
Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el portal
institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de
su publicación en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MIRIAM PONCE VERTIZ
Viceministra de Gestión Pedagógica