Fijan la
Remuneración Íntegra Mensual correspondiente a la Primera Escala Magisterial de
la Carrera Pública Magisterial, la Remuneración Mensual del profesor contratado
en el marco de la Ley Nº 30328, el monto de la Asignación por Jornada de
Trabajo Adicional, y autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2022 a favor de los Gobiernos Regionales
DECRETO
SUPREMO Nº 031-2022 -EF
DECRETA:
Artículo
1.
Monto de la Remuneración Íntegra Mensual de la Primera Escala Magisterial
Fíjase el monto de la Remuneración Íntegra Mensual (RIM) por hora de trabajo
semanal - mensual correspondiente a la Primera Escala Magisterial de la Carrera
Pública Magisterial a la que se refiere la Ley Nº 29944, Ley de Reforma
Magisterial, en la suma de S/ 83,34 (OCHENTA Y TRES Y 34/100 SOLES).
Artículo
2.
Monto de la remuneración mensual a otorgarse al profesor contratado 2.1 El
profesor contratado en el marco del Contrato de Servicio Docente, percibe una
remuneración mensual de acuerdo con la jornada laboral establecida para la
modalidad, forma, nivel o ciclo en que presta sus servicios, regulada en la Ley
Nº 29944, Ley de Reforma Magisterial, y en la Ley Nº 30328, Ley que establece
medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones, conforme al siguiente
detalle: