Aprueban el
documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el procedimiento y
cronograma excepcional para la determinación de los nuevos cuadros de mérito
para la contratación docente 2022”
RESOLUCIÓN
VICEMINISTERIAL N° 004-2022-MINEDU
Lima, 7 de enero de 2022
VISTOS, el Expediente N° 0194045-2021,
el Informe N° 00008-2022-MINEDU//VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación
Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe N°
00017-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y Presupuesto de
la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el Informe N°
00022-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley Nº 31224,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el
Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de
Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a)
del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son funciones rectoras y
técnico-normativas del Ministerio de Educación, formular, planear, dirigir,
ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su
competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las
disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia,
respectivamente;
Que, el artículo 79 de la Ley N° 28044,
Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación es el órgano
del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la
política de educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia con la
política general del Estado;
Que, conforme a lo dispuesto por el
literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de
Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de
mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e
implementar la carrera pública magisterial;
Que, el artículo 15 de la Ley N° 29944,
Ley de Reforma Magisterial, señala que el Ministerio de Educación establece la
política y las normas de evaluación docente, y formula los indicadores e
instrumentos de evaluación; y en coordinación con los gobiernos regionales, es
responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los procesos para el
ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la carrera pública
magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad;
Que, el artículo 17 de la precitada Ley
establece que el ingreso a la Carrera Pública Magisterial es por concurso
público y que se formaliza mediante resolución de nombramiento en la primera
escala magisterial;
Que, el artículo 76 de la Ley de
Reforma Magisterial señala que las plazas vacantes existentes en las
instituciones educativas no cubiertas por nombramiento, son atendidas vía
concurso público de contratación docente;
Que, el artículo 208 del Reglamento de
la Ley de Reforma Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED,
establece que la contratación de profesores de las instituciones educativas de
Educación Básica se realiza mediante concurso público convocado cada dos años,
bajo los principios de calidad, capacidad profesional y oportunidad. Dicho
concurso determina los cuadros de mérito vigentes para los procesos de
contratación anuales que se realicen en dicho periodo;
Que, en esa línea, el artículo 209 del
mencionado Reglamento dispone que el Ministerio de Educación emitirá las normas
de procedimiento para contratación de profesores, las que son de obligatorio
cumplimiento a nivel nacional por las instancias de gestión educativa
descentralizada;
Que, mediante Resolución
Viceministerial N° 033-2019-MINEDU, se aprueba la Norma Técnica denominada
“Norma que regula el Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública
Magisterial–2019 y que Determina los Cuadros de Mérito para la Contratación
Docente 2020-2021, en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica”; y
mediante Resolución Viceministerial N° 037-2019-MINEDU se convoca al mencionado
concurso y se aprueba su cronograma, el mismo que ha sido modificado mediante
las Resoluciones Viceministeriales N° 100-2019-MINEDU y N° 210-2019-MINEDU;
Que, mediante Resolución
Viceministerial N° 006-2020-MINEDU se aprueba la Norma que regula el Concurso
Público de Ingreso a la Carrera Pública Magisterial – 2020 y mediante
Resolución Viceministerial N° 007-2020-MINEDU se convoca a dicho concurso y se
aprueba su cronograma;
Que, la Vigésima Cuarta Disposición
Complementaria, Transitoria y Final incorporada a la Ley N° 29944, mediante el
Decreto Legislativo N° 1494, dispone dar por concluido el Concurso Público de
Ingreso a la Carrera Pública Magisterial 2020, en virtud a la situación del
Estado de Emergencia Sanitaria y Emergencia Nacional a consecuencia del
COVID-19 y, excepcionalmente, se establece que los profesores que se hayan
inscrito en el mencionado concurso, son considerados como postulantes
habilitados para participar en el Concurso de Ingreso a la Carrera Pública
Magisterial que se implementará en el año 2021, salvo que declaren su intención
de no participar en el mismo;
Que, mediante el Decreto Supremo N°
015-2020-MINEDU, se regula el procedimiento, requisitos y condiciones para las
contrataciones de profesores y su renovación, en el marco del contrato de
servicio docente en educación básica, a que hace referencia la Ley N° 30328,
Ley que establece medidas en materia educativa y dicta otras disposiciones;
asimismo, en el numeral 7.2.3 del punto 7.2 del mencionado Decreto Supremo se
establecen las consideraciones generales para la contratación por resultados de
la Prueba Única Nacional para aquellos postulantes que figuran en los cuadros
de mérito de dicha prueba;
Que, mediante Resolución
Viceministerial N° 291-2020-MINEDU, se aprueba el documento normativo
denominado “Disposiciones que regulan el Concurso Público de Ingreso a la
Carrera Pública Magisterial–2021 y que Determina los Cuadros de Mérito para la
Contratación Docente 2022-2023 en Instituciones Educativas Públicas de
Educación Básica”, el mismo que fue modificado por las Resoluciones Viceministeriales
N° 194-2021-MINEDU y N° 311-2021-MINEDU. Asimismo, mediante Resolución
Viceministerial N° 001-2021-MINEDU, se convoca al mencionado concurso y se
aprueba su cronograma, el mismo que ha sido modificado mediante las
Resoluciones Viceministeriales N° 033-2021-MINEDU, N° 156-2021-MINEDU, N°
197-2021-MINEDU y N° 284-2021-MINEDU; siendo que, mediante Resolución
Viceministerial N° 317-2021-MINEDU, se resolvió suspender el desarrollo de las
actividades previstas en el cronograma de dicho Concurso;
Que, el artículo 5 del Decreto Supremo
N° 001-2022-MINEDU, Decreto Supremo que modifica la “Norma que regula el
procedimiento, requisitos y condiciones para las contrataciones de profesores y
su renovación, en el marco del contrato de servicio docente en educación
básica, a que hace referencia la Ley N° 30328, Ley que establece medidas en
materia educativa y dicta otras disposiciones”, aprobada por Decreto Supremo N°
015-2020-MINEDU, dispone una prórroga excepcional de la vigencia de los cuadros
de mérito de la Prueba Única Nacional del año 2019 para la modalidad de
contratación por resultados de la Prueba Única Nacional, para el periodo 2022;
Que, bajo el marco normativo antes
expuesto, mediante el Oficio N° 00021-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección
General de Desarrollo Docente remite al Despacho Viceministerial de Gestión
Pedagógica el Informe N° 00008-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la
Dirección de Evaluación Docente, a través del cual se sustenta la necesidad de
aprobar el documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el
procedimiento y cronograma excepcional para la determinación de los nuevos
cuadros de mérito para la contratación docente 2022”, cuyo objetivo es
establecer los criterios técnicos, procedimientos y cronograma excepcional para
la determinación de los nuevos cuadros de mérito a partir de la Prueba Única
Nacional correspondiente al Concurso Público de Ingreso a la Carrera Pública
Magisterial 2019 y que determina los Cuadros de Mérito para la Contratación
Docente 2020-2021 en Instituciones Educativas Públicas de Educación Básica,
para la contratación docente 2022;
Que, mediante el Informe Nº
00017-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y Presupuesto de la
Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la
Secretaría de Planificación Estratégica, emite opinión favorable para continuar
con el trámite de aprobación del citado documento normativo, señalando que se
encuentra alineado con los objetivos estratégicos e institucionales del sector
y, desde el punto de vista presupuestal, su implementación no requerirá
recursos adicionales, puesto que el aplicativo dispuesto para la selección de
UGEL o DRE ya cuenta con financiamiento;
Que, a través del Informe N°
00022-2022-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco
del análisis legal realizado y teniendo en cuenta la documentación que obra en
el expediente, emite opinión legal favorable a la propuesta, recomendando
proseguir con el trámite correspondiente para su aprobación;
Que, de acuerdo al literal a) del
numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 008-2022-MINEDU, se
delega en el Viceministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación,
entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos
resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los documentos
normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme
a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de
Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;
De conformidad con la Ley Nº 31224, Ley
de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 29944, Ley
de Reforma Magisterial y sus modificatorias; el Reglamento de la Ley N° 29944,
aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED y sus modificatorias; el Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo
Nº 001-2015-MINEDU; y en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución
Ministerial N° 008-2022-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo
1.- Aprobar el documento normativo denominado “Disposiciones que
regulan el procedimiento y cronograma excepcional para la determinación de los
nuevos cuadros de mérito para la contratación docente 2022”.
Artículo
2.- Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo en el
Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el portal
institucional del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la
publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”.