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lunes, 17 de enero de 2022

CONTRATO DOCENTE | Preguntas Frecuentes de la Modalidad PUN y Evaluación por Expedientes

 

CONTRATACIÓN DOCENTE 2022 MODALIDAD POR RESULTADOS DE LA PRUEBA ÚNICA NACIONAL (PUN)

Información general

1.   ¿Cuál es el objetivo del proceso de contratación docente?

Garantizar el servicio educativo y asegurar que las instituciones educativas (IE) cuenten con sus profesores desde el primer día de clases del 2022. El Ministerio de Educación (Minedu), a través de las instancias de gestión descentralizadas (IGED), anualmente realiza el proceso de contratación docente en el marco de la norma técnica vigente, Ley N° 29944, Ley de Reforma Magisterial y Ley N° 30328.

2.   ¿Qué plazas vacantes son consideradas en este proceso?

El proceso de contratación del servicio docente considera las siguientes plazas vacantes:

• Plazas orgánicas y eventuales con el cargo de profesor, profesor coordinador y profesor del aula de innovación pedagógica (AIP).

• Plazas temporales que se generan por ausencia del profesor en casos de licencias, sanción, designación, encargatura, destaque, inasistencia a su centro de trabajo, separación preventiva o retiro.

• Horas para completar el plan de estudios de la institución de Educación Básica Regular (EBR) del nivel secundaria y Educación Básica Alternativa (EBA) del ciclo avanzado, de acuerdo al cuadro de horas aprobado. También incluye horas del área curricular de Educación Física en EBR del nivel primaria.

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CONTRATACIÓN DOCENTE 2022 MODALIDAD POR EVALUACIÓN DE EXPEDIENTES

1.   ¿Cuándo empieza esta modalidad?

El comité de contratación inicia la modalidad de evaluación de expedientes siempre que existan vacantes y se haya agotado el cuadro de mérito final establecido por la contratación de resultados de la PUN del año 2019, el cual ha sido prorrogado de manera excepcional para el año 2022.

2.   ¿Quiénes pueden participar de esta modalidad?

En este proceso participan postulantes titulados, bachilleres, egresados, con estudios en Educación, así como titulados universitarios, bachilleres, egresados no pedagógicos, y otros; quienes son agrupados por orden de prelación excluyente para la adjudicación, de acuerdo con la formación académica establecida en la normatividad vigente (anexo 3 del DS 015-2020-MINEDU).

3.   ¿Cómo se postula a esta modalidad?

El/la postulante debe presentar su expediente en forma presencial o virtual (según lo haya determinado el comité) a una UGEL, señalando la modalidad educativa, nivel o ciclo, área curricular/especialidad o campo de conocimiento a la que postula. Asimismo, debe adjuntar los requisitos de formación académica, generales y específicos, así como los anexos 5, 6, 7, 8 y 9 de la norma vigente, debidamente rellenados, firmados y con la huella dactilar, dentro del plazo establecido en el cronograma aprobado.

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