Aprueban las “Bases del X Concurso Nacional de Buenas
Prácticas Docentes – 2022”
RESOLUCIÓN
VICEMINISTERIAL N° 100-2022-MINEDU
Lima,
11 de agosto de 2022
VISTOS,
el Expediente N° 0144760-2022, el Informe N°
00217-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIBRED de la Dirección de Promoción del Bienestar
y Reconocimiento Docente, de la Dirección General de Desarrollo Docente, el
Oficio N° 00723-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP de la Unidad de Planificación y
Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, el
Informe N° 00901-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría
Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que,
el artículo 3 de la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de Educación, establece que el Sector Educación se encuentra bajo la
conducción y rectoría del Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el
literal a) del numeral 1 y el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada
Ley, sus funciones rectoras y técnico-normativas son, formular, planear,
dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo
su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como aprobar las
disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia,
respectivamente;
Que,
el artículo 79 de la Ley N° 28044, Ley General de Educación, establece que el
Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene por
finalidad definir, dirigir y articular la política de educación, recreación y
deporte, en concordancia con la política general del Estado;
Que,
según el artículo 63 de la Ley N° 28044, la gestión del sistema educativo
nacional es descentralizada, simplificada, participativa y flexible; siendo el
Estado, a través del Ministerio de Educación, el responsable de preservar la
unidad de este sistema;
Que,
conforme con lo señalado por el artículo 13 de la citada Ley, la calidad de la
educación es el nivel óptimo de formación que deben alcanzar las personas para
enfrentar los retos del desarrollo humano, ejercer su ciudadanía y continuar
aprendiendo durante toda la vida. Asimismo, el literal g) del referido artículo
contempla entre los factores que interactúan para el logro de la calidad
educativa, la investigación e innovación educativas;
Que,
de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley N° 29944, Ley de
Reforma Magisterial, el profesor es un profesional de la educación que, en su
calidad de agente fundamental del proceso educativo, presta un servicio público
esencial dirigido a concretar el derecho de los estudiantes y de la comunidad a
una enseñanza de calidad, equidad y pertinencia; coadyuvando con la familia, la
comunidad y el Estado, a la formación integral del educando, razón de ser de su
ejercicio profesional;
Que,
conforme con lo señalado por el numeral 42.1 del artículo 42 de la Ley N°
29944, el Ministerio de Educación y los gobiernos regionales, según
corresponda, reconocen la conducta meritoria del profesor, así como su trayectoria
y su excelencia profesional;
Que,
el artículo 76 del Reglamento de la Ley N° 29944, aprobado por Decreto Supremo
N° 004-2013-ED, establece, entre otros, que el profesor tiene derecho a
reconocimiento cuando diseña y aplica proyectos de innovación pedagógica que
son respaldados por la instancia correspondiente, y las formas de
reconocimiento;
Que,
mediante Resolución Viceministerial N° 005-2020-MINEDU, se aprueba la Norma
Técnica denominada “Disposiciones que establecen estándares en progresión de las
competencias profesionales del Marco de Buen Desempeño Docente”; cuyo objeto es
establecer estándares en progresión de las competencias profesionales del Marco
de Buen Desempeño Docente, para orientar el diseño e implementación de la
formación docente en servicio, la elaboración de instrumentos de evaluación
docente y el establecimiento de criterios de reconocimiento profesional bajo
una lógica de continuidad y desarrollo progresivo;
Que,
mediante de la Resolución Ministerial N° 274-2021-MINEDU, se aprueba el
documento normativo denominado “Disposiciones para el Fomento, Reconocimiento y
Promoción de las Buenas Prácticas e Innovación Educativa en Instituciones
Educativas Privadas de Educación Básica”, con el objetivo de establecer
disposiciones para el fomento, reconocimiento y promoción de las buenas
prácticas e innovación educativa en instituciones educativas privadas de
Educación Básica, que favorezcan el proceso educativo y la calidad de los
aprendizajes de las y los estudiantes, considerando sus márgenes de autonomía,
dentro del marco normativo vigente;
Que,
mediante Resolución Ministerial N° 186-2022-MINEDU, se aprueba el documento
normativo denominado “Disposiciones para la prestación del servicio educativo
durante el año escolar 2022 en instituciones y programas educativos de la
Educación Básica, ubicados en los ámbitos urbano y rural”; el cual tiene por
objetivo brindar los lineamientos y orientaciones para la prestación del
servicio educativo para el año escolar 2022 en instituciones y programas educativos
de la Educación Básica, ubicados en los ámbitos urbano y rural;
Que,
a través de la Resolución Viceministerial N° 077-2022-MINEDU, se aprueba el
documento normativo denominado “Disposiciones para el trabajo de los profesores
y auxiliares de educación en instituciones y programas educativos públicos, en
el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19”; el cual tiene por tiene
por finalidad: (i) establecer disposiciones para el trabajo de los profesores y
auxiliares de educación nombrados y contratados, en las instituciones
educativas y programas educativos públicos, de educación básica y
técnico-productiva en el marco de la Ley de Reforma Magisterial, a fin de
asegurar la prestación del servicio educativo durante el año escolar 2022; y
(ii) actualizar los criterios, procedimientos y responsabilidades para la
ejecución del trabajo de los profesores y auxiliares de educación, de acuerdo
con lo establecido en la Resolución Ministerial N° 186-2022-MINEDU;
Que,
en el marco de las disposiciones legales antes señaladas, mediante Oficio N°
01072-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente
remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe N°
00217-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIBRED, elaborado por la Dirección de Promoción
del Bienestar y Reconocimiento Docente, a través del cual se sustenta la
necesidad de aprobar las “Bases del X Concurso Nacional de Buenas Prácticas
Docentes – 2022”, cuya finalidad es, identificar, reconocer, promover,
visibilizar y difundir las buenas prácticas docentes y de gestión escolar
orientadas al desarrollo integral y de las competencias de las y los
estudiantes de las instituciones educativas públicas y privadas de Educación
Básica Regular, Educación Básica Alternativa y Educación Básica Especial a
nivel nacional, desarrolladas por las y los docentes y/o directivos, quienes a
partir del trabajo colegiado reflexionan sobre las necesidades
socioemocionales, los procesos, y logros de aprendizaje de las y los
estudiantes, según los distintos contextos y en igualdad de oportunidades y en
el marco de la atención a la diversidad de acuerdo a los siete enfoques
transversales del Currículo Nacional de la Educación Básica, así como, la
emergencia sanitaria, considerando el retorno a la presencialidad;
Que,
asimismo, el citado Informe precisa que, el referido concurso tiene como
objetivos: (i) identificar las buenas prácticas, docentes o de gestión escolar,
realizadas por las y los docentes y/o directivos de las instituciones
educativas públicas o privadas de Educación Básica Regular, Educación Básica
Alternativa y Educación Básica Especial; que son inclusivas, equitativas,
coherentes, relevantes, sostenibles y creativas, para solucionar una situación
problemática y/o necesidad de aprendizaje o aprovechar una oportunidad de
aprendizaje identificada, para el desarrollo de las competencias en las y los
estudiantes y/o en la comunidad educativa, considerando apoyos educativos; (ii)
reconocer a las los docentes y directivos que, individualmente u organizados en
equipos de trabajo, realizan buenas prácticas docentes y/o de gestión escolar
en las instituciones educativas públicas o privadas de Educación Básica
Regular, Educación Básica Alternativa y Educación Básica Especial, bajo los
enfoques y principios del Currículo Nacional de la Educación Básica; y (iii)
promover y difundir las buenas prácticas docentes y de gestión escolar llevadas
a cabo por docentes y/o directivos en instituciones educativas públicas o
privadas de Educación Básica Regular, Educación Básica Alternativa y Educación
Básica Especial, que logran mejoras en los aprendizajes de sus estudiantes, en
el marco de la atención a la diversidad y del contexto de emergencia sanitaria;
Que,
conforme a lo indicado en el precitado informe, se cuenta con la opinión
favorable de la Dirección General de Educación Básica Regular, de la Dirección
General de Educación Básica Alternativa, Intercultural Bilingüe y de Servicios
Educativos en el Ámbito Rural, de la Dirección General de Servicios Educativos
Especializados, de la Dirección General de Gestión Descentralizada y de la
Dirección General de Calidad de la Gestión Escolar;
Que,
mediante Oficio N° 00723-2022-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, la Unidad de Planificación y
Presupuesto de la Oficina de Planificación Estratégica y Presupuesto, señala
que en el Presupuesto Institucional modificado (PIM) de Gastos de la Unidad
Ejecutora 026: Programa de Educación Básica para Todos del Pliego 010:
Ministerio de Educación correspondiente al Año Fiscal 2022, se cuenta con los
recursos presupuestarios disponibles que permiten financiar la aprobación e
implementación de las disposiciones contenidas en la propuesta de “Bases del X
Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes – 2022”, sin demandar recursos
adicionales al Tesoro Público;
Que,
a través del Informe N° 00901-2022-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de
Asesoría Jurídica, en el marco del análisis legal realizado y teniendo en
cuenta la documentación que obra en el expediente, emite opinión legal
favorable a la propuesta de “Bases del X Concurso Nacional de Buenas Prácticas
Docentes – 2022”, recomendando proseguir con el trámite correspondiente para su
aprobación;
De
conformidad con la Ley N° 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Educación; la Ley N° 28044, Ley General de Educación; el Reglamento de la
Ley General de Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2012-ED; Ley N°
29944, Ley de Reforma Magisterial; el Reglamento de la Ley de Reforma
Magisterial, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED; y, el Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto
Supremo N° 001-2015-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.-
Aprobar las “Bases del X Concurso Nacional de Buenas Prácticas Docentes –
2022”, las mismas que, como anexo, forman parte de la presente Resolución.
Artículo
2.- Encargar a la Dirección de Promoción del Bienestar y Reconocimiento
Docente, a las Direcciones Regionales de Educación o las que hagan sus veces, a
las Unidades de Gestión Educativa Local y a las Instituciones Educativas
públicas y privadas, la difusión y promoción del X Concurso Nacional de Buenas
Prácticas Docentes – 2022.
Artículo 3.-
Disponer la publicación de la presente resolución y su anexo, en el Sistema de
Información Jurídica de Educación (SIJE), ubicado en el portal institucional
del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu), el mismo día de la publicación
de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese,
comuníquese y publíquese.
WALTER
ALBERTO HERNÁNDEZ ALCÁNTARA
Viceministro
de Gestión Pedagógica