Convocan a
Concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación
Técnico-Productiva en la Carrera Pública Magisterial, correspondiente al año 2021
y aprueban cronograma
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 304-2021-MINEDU
Lima, 22 de octubre de 2021
VISTOS, el Expediente Nº 0147545-2021,
el Informe Nº 00758-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección de Evaluación
Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe Nº
01160-2021-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley Nº 31224,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece que el
Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del Ministerio de
Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y el literal a)
del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son funciones rectoras y
técnico-normativas del Ministerio de Educación, formular, planear, dirigir,
ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo su
competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; así como aprobar las
disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia, respectivamente;
Que, el artículo 79 de la Ley Nº 28044,
Ley General de Educación, establece que el Ministerio de
Educación es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir,
dirigir y articular la política de educación, recreación y deporte, en
concordancia con la política general del Estado;
Que, conforme a lo dispuesto por el
literal h) del artículo 80 de la precitada Ley, es función del Ministerio de
Educación definir las políticas sectoriales de personal, programas de
mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e
implementar la carrera pública magisterial;
Que, el artículo 15 de la Ley Nº 29944,
Ley de Reforma Magisterial, señala que el Ministerio de Educación establece la
política y las normas de evaluación docente, y formula los indicadores e
instrumentos de evaluación; y en coordinación con los gobiernos regionales, es
responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los procesos para el
ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la Carrera Pública
Magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y confiabilidad;
Que, el artículo 26 de la Ley Nº 29944
establece que el ascenso es el mecanismo de progresión gradual en las escalas
magisteriales, mejora la remuneración y habilita al profesor para asumir cargos
de mayor responsabilidad. Se realiza a través de concurso público anual y
considerando las plazas previstas para tal efecto;
Que, asimismo, de conformidad con lo
señalado en el artículo 27 de la Ley Nº 29944, el Ministerio de Educación, en
coordinación con los gobiernos regionales, convoca a concursos para el ascenso,
los que se implementan en forma descentralizada, de acuerdo a las normas y
especificaciones técnicas que se emitan;
Que, el artículo 28 de la Ley Nº 29944
dispone que la evaluación para el ascenso en la Carrera Pública Magisterial
tiene una finalidad primordialmente formativa, orientada a mejorar el desempeño
docente;
Que, según lo señalado en el artículo
51 del Reglamento de la Ley Nº 29944, aprobado por Decreto Supremo Nº
004-2013-ED, la evaluación del ascenso tiene entre sus objetivos promover el
reconocimiento social y profesional de los profesores, basado en la calidad del
desempeño, la idoneidad profesional, la formación y los méritos;
Que, mediante Resolución
Viceministerial Nº 302-2021-MINEDU, se aprueba el documento normativo
denominado “Disposiciones que regulan el concurso público para el ascenso de
escala de los profesores de Educación Técnico-Productiva en la Carrera Pública
Magisterial”, el cual establece, entre otros aspectos, los requisitos, los
criterios técnicos y procedimientos para la organización, implementación y
ejecución del referido concurso; así como sus fases, instrumentos de evaluación
y acciones que involucran a las diversas instancias de gestión educativa
descentralizada;
Que, conforme con lo establecido en el
numeral 5.5.1.1 del documento normativo antes mencionado, la convocatoria del
referido concurso es aprobada conjuntamente con su cronograma y se publica en
el portal institucional del Ministerio de Educación, de las Direcciones
Regionales de Educación y de las Unidades de Gestión Educativa Local;
Que, a través del Oficio Nº
00749-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente
remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº
00758-2021-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación
Docente, a través del cual se sustenta y solicita se convoque al Concurso
público para el ascenso de escala de los profesores de Educación
Técnico-Productiva en la Carrera Pública Magisterial, correspondiente al año
2021 y se apruebe el cronograma del referido concurso;
Que, con Informe Nº
01160-2021-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco
del análisis legal realizado, opina que la convocatoria al referido concurso
público y la aprobación de su cronograma, resultan legalmente viables,
sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación;
Que, de acuerdo al literal a) del numeral
1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial Nº 571-2020-MINEDU, se delega
en el Viceministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, entre
otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos resolutivos
que aprueban, modifican o dejan sin efecto los documentos normativos del
Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme a lo dispuesto
en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación,
aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU;
De conformidad con la Ley Nº 31224, Ley
de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley Nº 29944, Ley
de Reforma Magisterial y sus modificatorias; su Reglamento, aprobado por
Decreto Supremo Nº 004-2013-ED; el documento normativo denominado “Disposiciones
que regulan el concurso público para el ascenso de escala de los profesores de
Educación Técnico- Productiva en la Carrera Pública Magisterial”, aprobado por
Resolución Viceministerial Nº 302-2021-MINEDU y, en virtud de las facultades
delegadas mediante Resolución Ministerial Nº 571-2020-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Convocar al Concurso público para el ascenso de escala de
los profesores de Educación Técnico-Productiva en la Carrera Pública
Magisterial, correspondiente al año 2021, el mismo que se llevará a cabo
conforme a lo establecido en el documento normativo denominado “Disposiciones
que regulan el concurso público para el ascenso de escala de los profesores de
Educación Técnico-Productiva en la Carrera Pública Magisterial”, aprobado
mediante Resolución Viceministerial Nº 302-2021-MINEDU.
Artículo 2.- Aprobar el Cronograma del Concurso público para el ascenso de
escala de los profesores de Educación Técnico-Productiva en la Carrera Pública
Magisterial, correspondiente al año 2021, el mismo que, como anexo, forma parte
integrante de la presente resolución.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución y de su anexo en
el Sistema de Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en el portal
institucional del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.pe), en el mismo día de la publicación de
la presente resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WILFREDO TOMAS
RIMARI ARIAS
Viceministro de Gestión Pedagógica (e)