Convocan a Concurso público para el ascenso de escala de los
profesores de Educación Básica en la Carrera Pública Magisterial,
correspondiente al año 2022, y aprueban Cronograma
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N°
063-2022-MINEDU
Lima, 31 de mayo de 2022
VISTOS, el Expediente N°
0098946-2022, el Informe N° 00376-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED de la Dirección
de Evaluación Docente de la Dirección General de Desarrollo Docente, el Informe
N° 00581-2022-MINEDU/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 3 de la Ley N°
31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, establece
que el Sector Educación se encuentra bajo la conducción y rectoría del
Ministerio de Educación; asimismo, de acuerdo con el literal a) del numeral 1 y
el literal a) del numeral 2 del artículo 5 de la citada Ley, son funciones
rectoras y técnico-normativas del Ministerio de Educación, formular, planear,
dirigir, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial bajo
su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno, así como aprobar las
disposiciones normativas vinculadas con sus ámbitos de competencia,
respectivamente;
Que, el artículo 79 de la Ley Nº
28044, Ley General de Educación, establece que el Ministerio de Educación
es el órgano de Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y
articular la política de educación, recreación y deporte, en concordancia con
la política general del Estado;
Que, el literal h) del artículo 80
de la precitada Ley dispone que es función del Ministerio de Educación definir
las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal
directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública
magisterial;
Que, el artículo 15 de la Ley N°
29944, Ley de Reforma Magisterial, señala que el Ministerio de Educación
establece la política y las normas de evaluación docente, y formula los
indicadores e instrumentos de evaluación y, en coordinación con los gobiernos
regionales, es responsable de diseñar, planificar, monitorear y evaluar los
procesos para el ingreso, permanencia, ascenso y acceso a cargos dentro de la
Carrera Pública Magisterial, asegurando su transparencia, objetividad y
confiabilidad;
Que, el artículo 26 de la Ley N°
29944 establece que el ascenso es el mecanismo de progresión gradual en las
escalas magisteriales, mejora la remuneración y habilita al profesor para
asumir cargos de mayor responsabilidad, este se realiza a través de concurso
público anual y considerando las plazas previstas para tal efecto;
Que, asimismo, de conformidad con
lo señalado en el artículo 27 de la Ley N° 29944, el Ministerio de Educación,
en coordinación con los gobiernos regionales, convoca a concursos para el
ascenso, los que se implementan en forma descentralizada, de acuerdo a las
normas y especificaciones técnicas que se emitan;
Que, el artículo 28 de la Ley N°
29944 dispone que la evaluación para el ascenso tiene una finalidad
primordialmente formativa, orientada a mejorar el desempeño docente;
Que, el artículo 51 del Reglamento
de la Ley N° 29944, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2013-ED, prevé que la
evaluación de ascenso tiene entre sus objetivos promover el reconocimiento
social y profesional de los profesores, basado en la calidad del desempeño, la
idoneidad profesional, la formación y los méritos;
Que, mediante Resolución
Viceministerial N° 057-2021-MINEDU, se aprueba el documento normativo
denominado “Disposiciones que regulan el concurso público para el ascenso de
escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera Pública
Magisterial”, cuyo objetivo es establecer los requisitos, criterios técnicos y
procedimientos para la organización, implementación y ejecución del concurso
público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la
Carrera Pública Magisterial, comprendidos en el marco de la Ley Nº 29944, y su
Reglamento; el mismo que fue modificado mediante Resolución Viceministerial N°
061-2022-MINEDU;
Que, conforme con lo establecido en
el numeral 5.6.1.1 del documento normativo antes mencionado, la convocatoria
del referido concurso público es aprobada conjuntamente con su cronograma y se
publica en el portal institucional del Ministerio de Educación, de las
Direcciones Regionales de Educación y de las Unidades de Gestión Educativa
Local;
Que, a través del Oficio Nº
00750-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD, la Dirección General de Desarrollo Docente
remite al Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica el Informe Nº
00376-2022-MINEDU/VMGP-DIGEDD-DIED, elaborado por la Dirección de Evaluación
Docente, a través del cual se sustenta y solicita se convoque al Concurso
público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la
Carrera Pública Magisterial, correspondiente al año 2022 y se apruebe el
cronograma del referido concurso;
Que, con Informe Nº
00581-2022-MINEDU/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica, en el marco
del análisis legal realizado, opina que la convocatoria al referido concurso
público y la aprobación de su cronograma, resultan legalmente viables,
sugiriendo proseguir el trámite correspondiente para su aprobación;
Que, de acuerdo al literal a) del
numeral 1.1 del artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 008-2022-MINEDU, se
delega en el Viceministro de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación,
entre otras facultades y atribuciones, la de emitir y aprobar los actos
resolutivos que aprueban, modifican o dejan sin efecto los documentos
normativos del Ministerio de Educación en el ámbito de su competencia conforme
a lo dispuesto en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de
Educación, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2015-MINEDU;
De conformidad con la Ley Nº 31224,
Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; la Ley N° 29944,
Ley de Reforma Magisterial; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N°
004-2013-ED; el documento normativo denominado “Disposiciones que regulan el
concurso público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica
en la Carrera Pública Magisterial”, aprobado por Resolución Viceministerial Nº
057-2021-MINEDU y modificado por Resolución Viceministerial Nº 061-2022-MINEDU;
y, en virtud de las facultades delegadas mediante Resolución Ministerial N°
008-2022-MINEDU;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Convocar al Concurso público para
el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la Carrera
Pública Magisterial, correspondiente al año 2022, el mismo que se llevará a
cabo conforme a lo establecido en el Documento Normativo aprobado por la Resolución
Viceministerial N° 057-2021-MINEDU y modificado por la Resolución
Viceministerial N° 061-2022-MINEDU.
Artículo 2.- Aprobar el “Cronograma del Concurso
público para el ascenso de escala de los profesores de Educación Básica en la
Carrera Pública Magisterial, correspondiente al año 2022”, el mismo que, como
anexo, forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3.- Disponer la publicación de la
presente Resolución y su anexo, en el Sistema de Información Jurídica de
Educación – SIJE, ubicado en el Portal Institucional del Ministerio de
Educación (www.gob.pe/minedu), en el mismo día de la
publicación de la presente Resolución en el diario oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y
publíquese.
WALTER
ALBERTO HERNÁNDEZ ALCÁNTARA
Viceministro de Gestión Pedagógica